Comunicación de la Memoria anual de control de capturas cinegéticas (código 3727) (SIA 2584072)

Información Básica

Objeto:

Memoria de los resultados de caza obtenidos en la temporada cinegética anual en el acotado de las especies de caza menor y caza mayor.

Presentación de resultado de capturas de conejos en los municipios de Comarca de Emergencia.

Ficha de control numérico de caza por comarca de emergencia cinegética temporal para el jabalí, cerdo vietnamita o cerdalí.

Ficha anual de control cinegético en zona de adiestramiento de perros

 

Información de Interés

Los titulares de aprovechamientos cinegéticos, arrendatarios o personas que ostenten su representación, finalizada la actividad cinegética anual, remitirán al Órgano Directivo en materia de caza, antes del 1 de mayo de cada temporada cinegética una memoria en la que se especificarán los resultados de caza obtenidos, el número de los ejemplares abatidos y cuantas circunstancias de interés se hayan producido en el desarrollo de la actividad cinegética anual en el acotado.

La comunicación de los resultados de caza, se podrá realizar rellenando el Anexo XI - Ficha anual de control cinegético en cotos de caza que se entregará en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la CARM o sede electrónica o bien rellenando el siguiente formulario https://forms.gle/Pwt5DuF8DAUhwNFD7Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Se tendrá que acompañar una ficha por cada jornada del ANEXO IV. FICHA DE RESULTADOS DE GANCHOS, BATIDAS O MONTERÍAS en el caso de que se hayan realizado dichas modalidades cinegéticas.

Los titulares/arrendatarios cinegéticos o personas que ostenten su representación legal de los aprovechamientos cinegéticos cuyos planes sean aprobados de conformidad con el Decreto nº 81/2022, de 8 de junio, finalizada la temporada cinegética anual, deberán presentar una memoria de los resultados de caza menor y mayor del acotado mediante el Anexo V. Modelo del Plan de Seguimiento y Control, su fecha de presentación será antes del 1 de mayo de cada temporada cinegética. En el mismo se especificará el número de los ejemplares abatatidos y cuantas circunstancias de interés se haya producido en el desarrollo de la actividad cinegética anual en el acotado.

Los titulares/arrendatarios de cotos cinegéticos calificados como intensivos presentarán además una memoria de resultados anuales según el contenido previsto en el Anexo II.  Memoria de resultados de la actividad cinegética del coto intensivo (Decreto nº 83/2021, del 15 de abril) en el mes de abril de cada temporada cinegética, en la que anotarán los datos relacionados con la actividad incluyendo, en su caso, las inspecciones realizadas. 

En los municipios de la Comarca de Emergencia por daños de conejos, los titulares de terrenos cinegéticos, propietarios o arrendatarios de terrenos no cinegéticos, que adopten las medidas previstas en la presente Orden, deberán comunicar cada 6 meses el resultado de capturas a la Dirección General del Medio Natural, a efectos estadísticos, utilizando para ello la ficha de control numérico de caza por comarca de emergencia cinegética temporal para el conejo que figura como Anexo II. Ficha de control númerico de caza por comarca de emergencia cinegética temporal para el conejo de la Orden de 7 de octubre de 2022.

Los titulares de terrenos cinegéticos, los presidentes de las sociedades de cazadores federadas del municipio, las personas y empresas autorizadas para la captura en vivo, abatimiento y traslado a centro de concentración, y los propietarios o arrendatarios de los cultivos cuando realicen captura y abatimiento in situ, que adopten las medidas previstas en la Orden de 8 de marzo de 2023, deberán comunicar el resultado a la Dirección General de Medio Natural cada seis meses, a efectos estadísticos, incluyendo todas las capturas precedentes, utilizando para ello el Anexo III. Ficha de control numérico de caza por comarca de emergencia cinegética temporal del jabalí y/o cerdo asilvestrado de la citada orden.

El titular cinegético dispondrá de una ficha anual de control cinegético (Anexo III) con las fechas del movimiento, especies, número de animales, número de guía de movimiento, número de Registro de Explotaciones Ganaderas de la granja o centro de concentración de procedencia, fecha de adiestramientos, modalidad, número de cazadores, número de animales cazados.

* TODOS LOS ANEXOS ARRIBA INDICADOS SE PODRÁN DESCARGAR en el apartado DOCUMENTACIÓN: Modelos e información para solicitudes.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La fecha de presentación de la memoria anual de capturas se realizará antes del 1 de mayo de cada temporada cinegética.

Los titulares/arrendatarios de cotos intensivos aportarán la memoria de resultados anual en el mes de abril de cada temporada cinegética.

En los municipios de la Comarca de Emergencia por daños de conejos, los titulares de terrenos cinegéticos, propietarios o arrendatarios de terrenos no cinegéticos, que adopten las medidas previstas en la presente Orden, deberán comunicar cada 6 meses 0el resultado de capturas.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser titular o arrendatario cinegético o titulares o arrendatarios de terrenos no cinegéticos.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Comunicación de la Memoria anual de capturas
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    DE RESULTADOS DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA DEL COTO INTENSIVO (ANEXO II)
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    ANEXO XI. FICHA ANUAL DE CONTROL CINEGÉTICO EN COTOS DE CAZA
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    ANEXO V PLAN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL (RESULTADOS CAPTURA ANUAL)
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    ANEXO II FICHA DE CONTROL NÚMERICO DE CAZA POR COMARCA DE EMERGENCIA CINEGÉTICA TEMPORAL PARA EL CONEJO
  • Memoria
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO III. FICHA DE CONTROL NUMÉRICO DE CAZA POR COMARCA DE EMERGENCIA CINEGÉTICA TEMPORAL PARA EL JABALÍ, CERDO VIETNAMITA O CERDALÍ
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    ANEXO III FICHA ANUAL DE CONTROL CINEGÉTICO EN ZONAS DE ADIESTRAMIENTO DE PERROS

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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