Los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas tendrán la oblicación de contratar a una Entidad Colaboradora de la Administración de la Región de Murcia para un adecuado control del cumplimiento de las medidas de ordenación agrícola y ganadera previstas en la ley 3/2020, según la disposición adicional décima de dicha ley sobre recuperación y protección del Mar Menor.Y decreto 129/2022 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de las ECARM. Respetando las directrices y pautas establecidas en su articulado.
Para un adecuado control del cumplimiento de las medidas de ordenación agrícola y ganadera previstas en esta Ley 3/2020,de 27 de julio de recuperacion y proteccion del Mar Menor, en concreto en su disposicion decima y Decreto 129/2022, de 14 julio por el que se aprueba el Reglamento de las ECARM, Para un adecuado control del cumplimiento de las medidas de ordenación agrícola y ganadera prevista en esta ley y su normativa de desarrollo, la Administración Regional, sin perjuicio de sus funciones inspectoras y sancionadoras, contará con el apoyo de las ECARM, que serán reguladas mediante reglamento (garantizando su independencia e imparcialidad respecto de las Personas físicas/jurídicas a las que presten sus servicios). Ambito territorial de actuación (Zonas 1, 2 y 1500m) pudiendo extender todas o parte de sus funciones al resto de la Región de Murcia.
Los titulares de las explotaciones agricolas y ganaderas tendrán la obligacion de contratar los servicios de una ECARM para el control de la explotacion, con la perioricidad y el alcance que se establezcan reglamentariamente.
Asi mismo las ECARM cuando actuen auxiliando a la Administracion en su actividad inspectora, deberan posibiliar el acceso a las explotaciones, presentar la informacion relevante que se le solicite y facilitar la realizacion de toma de muestras y mediciones necesarias para la inspeccion, así como prestar la asistencia y colaboración necesarias.
Las ECARM deberan estar acreditadas ante la Direccion General del Agua de la Consejeria de Agua, Agricultura, Ganaderia, Pesca, Media Ambiente y Emergecias. Al tiempo que la Direccion General del Agua creara un registro de las ECARM que esten autorizadas y dentro de la legalidad para actuar como tales dicho registro podrá ser consultado por los titulares de las explotaciones agrícolas o ganaderas que lo soliciten.
Disposicion adicional decima de la Ley 3/2020 y reglamento de desarrollo decreto 129/2022
REGIÓN DE MURCIA
EXTINTO - CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, MEDIO AMBIENTE Y EMERGENCIAS
DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA (A14003291)
INICIO DE LA ACTIVIDAD
DECLARACION RESPONSABLE | Articulo 8 del Decreto129/2022 de 14 Julio, por el que se aprueba el Reglamento de las ECARM |
cumpliendo los requisitos establecidos, las actividades se ejerceran bajo la exclusiva responsabilidad de los titulares de la ECARM y personal tecnico que suscriba la documentacion acompañada en la declaracion responsable, la presentacion no prejuzga que su actividad se acomoda a normativa aplicable.
REQUISITOS PARA EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
Obligaciones, Independiencia e imparcialidad,control y periocidad.
Ajustandose a directrices marcadas en los articulos 15,16,17 y 18 del reglamento.
Suspension temporal de acreditacion ENAC.
debera comunicarlo en plazo 10 dias al organo competente de la gestion del registro para su anotacion. No podra desarrollar las funciones que se atribuyen en el reglamento. Procediendo de oficio a dicha suspension tras la comunicacion por la ENAC articulo 9 del reglamento.
Revocacion y extincion de la inscripcion de ECARM en registro.
se acordara por la DG competente sobre control, prevencion y seguimiento de zonas vulnerables a la contaminacion por nitratos de origen agrario. siguiendo la directrices marcadas en el articulo 10 del reglamento. decreto 129/2022 del 14 julio.por el que se aprueba el reglamento de las ECARM.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.