Con carácter previo a la reclamación económico administrativa, los actos dictados por la Administración Regional en materia de gestión, liquidación, inspección, recaudación y devolución de los tributos propios y de los precios públicos regionales, así como los actos de liquidación, recaudación y devolución de los demás ingresos de derecho público propios, podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda.
Si el interesado interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
El recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económico administrativa contra actos dictados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia se interpondrá por medio del procedimiento 1592.
Personas físicas o jurídicas, de carácter privado o público.
El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económico administrativa será de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o del siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Tratándose de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el plazo para la interposición se computará a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago.
Presentar escrito de interposición, adjuntando copia del acto impugnado o identificándolo con precisión, e indicando el nombre y apellidos o razón social del reclamante, su NIF, el domicilio a efectos de notificaciones (si no se está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y no se opta voluntariamente por la notificación electrónica, en cuyo caso habrá de facilitarse una dirección de correo electrónico), y señalando expresamente si se actúa en nombre propio o en representación de un tercero, lo que deberá acreditarse documentalmente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Económico - Administrativo | Órgano que dictó el acto |