Depositar documentos en el Archivo General de la Región de Murcia, por un periodo determinado o indefinido. Este depósito no implica transferencia de titularidad alguna y los documentos no se convierten en propiedad del receptor. Sus propietarios pueden reivindicar y obtener su posesión siempre, a menos que una cláusula especial en el acuerdo de depósito prevea su transformación en donación al término de un plazo determinado.
El depósito sólo lo puede realizar el titular de los documentos. Estos documentos pueden provenir de particulares, archivos familiares, instituciones privadas o instituciones públicas.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL (A14036973)
El Archivo General evaluará el interés y la posibilidad del depósito antes de proceder a la aceptación.
Una vez aceptado el depósito, es obligatorio redactar un acta que especifique la naturaleza, plazos y condiciones del mismo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.