Tramitar la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias en fincas abandonadas, y en su caso, las sanciones que se pudieran derivar en cumplimiento de la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal.
Tramitación de comunicaciones realizadas por titulares de explotaciones agrícolas sobre fincas abandonadas en las que pueden haber organismos nocivos perjudiciales para los cultivos y de las sanciones que pudieran derivarse.
Titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies afectados por organismos nocivos procedentes de fincas abandonadas
DIRECCION GENERAL AGRICULTURA Y POLITICA AGRARIA COMUN (A14028783)
Ser titular de una explotacion agraria colindante a una explotacion abandonada y afectada por organismos nocivos procedentes de dicha explotacion.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |