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Disculpen las molestias.
Dada la participación de los docentes de la Región de Murcia en programas europeos (Erasmus + y eTwinning) al objeto de reconocer el trabajo del profesorado implicado con horas y/o créditos de formación permanente, en tanto en cuanto las convocatorias no lo especifiquen, se utilizará este formulario para establecer la certificación para cada una de las modalidades establecidas en Erasmus+ y la participación activa en la plataforma eTwinning, su reconocimiento como formación permanente y su inclusión en el Registro de Formación Permanente del Profesorado.
ANEXO I
Valoración de los Programas Europeos
Actividades Plan Erasmus+ 2021-2027
ACCIÓN CLAVE 1
MOVILIDAD EDUCATIVA DE LAS PERSONAS (KA121, KA122, KA131 Y KA171)
ACCIÓN CLAVE 2
COOPERACIÓN ENTRE ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES (KA210,KA220)
KA210
KA220
ACCIÓN 3: APOYO A LA REFORMA DE POLÍTICAS. ACCIONES JEAN MONNET
ETWINNING
Actividades Erasmus+ de Planes a extinguir
CONVOCATORIAS ANTERIORES PLAN 2014-2020
1.1. Educación Escolar (KA101)
1.2. Formación Profesional (KA102)
1.3. Educación Superior (KA103)
1.4. Educación de Personas Adultos (KA104)
1.5. Cartas de movilidad (KA107, KA108, KA109, KA116)
COOPERACIÓN PARA LA INNOVACIÓN Y EL INTERCAMBIO DE BUENAS PRÁCTICAS KA2
2.1 Educación Escolar (KA201)
2.2. Asociaciones Estratégicas en el Sector de Formación Profesional (KA202)
2.3 Asociaciones Estratégicas en el Sector de Educación Superior (KA203)
2.4 Asociaciones Estratégicas en el Sector de Educación de Personas Adultas (KA204)
2.5 Asociaciones Estratégicas en el Ámbito de la Juventud (KA205)
2.6 Asociaciones Estratégicas en el Ámbito de la Educación Escolar Asociaciones solo entre centros escolares (KA219)
2.7 Asociaciones para la preparación para la educación digital y asociaciones para la creatividad (KA226 y KA227)
2.8 Asociaciones de Intercambio escolar (KA229)
2.9 Cooperación online entre centros escolares: eTwinning
ASOCIACIONES ESTRATÉGICAS DENTRO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS REFORMAS POLÍTICAS KA3
ACTIVIDADES INCLUIDAS EN PLANES ANTERIORES A 2014
Las actividades correspondientes a planes anteriores a 2014, serán evaluadas por el Servicio con competencias en proyectos europeos, Servicio de Programas Educativos, a efectos de certificación.
Tercero. Valoración y certificación de los programas europeos.
1. De conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 28 de julio de 2017, y en ausencia de su especificidad en las correspondientes convocatorias, se fija la valoración en horas y créditos para cada tipo de acción y modalidad de los programa europeos dispuestos en el anexo I de la presente resolución con objeto de su certificación.
2. El servicio con competencias en materia de programas europeos validará y certificará las acciones y modalidades establecidas en el anexo I al profesorado participante, previa solicitud de los centros educativos.
3. La certificación deberá incluir, al menos, los siguientes datos:
a) Referencia al programa europeo
. b) Detalle de la acción, modalidad y horas del programa europeo que se certifica.
c) Curso escolar de la participación en el programa europeo.
d) Datos del participante (nombre, apellidos y DNI).
e) Órgano directivo que expide la acreditación.
Cuarto. Presentación de solicitudes.
1. La solicitud, establecida en el anexo II.a para Proyectos europeos Erasmus+ y anexo II.b para eTwinning, será presentada por la dirección del centro a través de la Sede Electrónica, procedimiento 3790, cumplimentada y firmada digitalmente. Junto a la solicitud se remitirán los documentos acreditativos requeridos y especificados en la misma.
2. El servicio con competencias en materia de programas europeos realizará la recepción de la documentación, así como las comunicaciones correspondientes a los centros escolares, aceptando, o en su defecto, solicitando las modificaciones oportunas requeridas mediante sede electrónica.
3. Cada centro educativo podrá presentar una única solicitud por cada proyecto europeo desarrollado por curso escolar. En caso de presentar el centro más de una solicitud por proyecto y curso escolar, solamente se tendrá en cuenta la última presentada.
4. En caso de solicitar por un mismo participante, distintas modalidades de reconocimiento dentro de un mismo proyecto europeo, se tendrá en cuenta la de mayor número de horas y/o créditos de formación.
5. El plazo máximo para la presentación de solicitudes por parte de los centros educativos será el 30 de junio del curso escolar siguiente a la finalización del proyecto europeo.
6. Aquellos proyectos europeos finalizados con anterioridad a la entrada en vigor de esta resolución, podrán realizar la solicitud de certificación hasta el 30 de junio de 2024.
Quinto. Reconocimiento y registro.
1. El servicio con competencias en materia de programas europeos trasladará entre el 1 y el 15 de julio de cada curso escolar al servicio competente en formación permanente del profesorado la relación del profesorado participante certificado conforme al
anexo III.
2. El servicio con competencias en formación del profesorado procederá al reconocimiento y registro como actividad de formación permanente en el Registro de Formación Permanente del Profesorado, conforme a lo establecido en la Orden de 28 de julio de 2017.
3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Orden de 28 de julio de 2017 las horas y créditos certificados serán reconocidos para el complemento de formación permanente del profesorado, como realizados de manera libre por el profesorado participante a partir de las modalidades y requisitos de reconocimientos especificados en la citada orden.
4. En este sentido y a los efectos del complemento de formación permanente del profesorado, serán incluidas en el Registro de formación permanente del profesorado hasta un máximo de 100 horas y 10 créditos por sexenio, registradas con el concepto “Programas Europeos” y con fecha 30 de junio del curso escolar en el que se realiza la participación en el programa europeo.
5. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el capítulo IV de la Orden de 28 de julio de 2017, el reconocimiento de la participación de los docentes para el complemento de formación permanente del profesorado se realizará en calidad de participante.
6. A los efectos del complemento de formación permanente del profesorado, serán incluidos en el Registro de formación permanente del profesorado las certificaciones de participación realizadas a partir del curso escolar 2017-2018.
Docentes de la Región de Murcia participantes en programas europeos: Erasmus + y eTwinning.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Ser docente de la Región de Murcia participante en programas europeos: Erasmus + y eTwinning.
No hay.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |