Inscripción en el Registro de Guardas de Caza de la Región de Murcia (código 3826) (SIA 2857440)

Información Básica

Objeto:

Solicitud de inscripción en el Registro de Guardas de Caza de la Región de Murcia.

Información de Interés

Las personas que de forma voluntaria quieran inscribirse en el Registro, deberán presentar una solicitud de inscripción, según el modelo del Anexo I, junto a la documentación que se especifíca en el apartado "DOCUMENTOS A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD".

La inscripción en el Registro se otorgará mediante resolución del titular del órgano directivo con competencias de caza. En dicho registro se inscribirán los siguientes datos:
a) El número de identificación registral como guarda de caza acreditado.
b) Nombre y apellidos.
c) Documento de identidad.
d) Fotografía.
e) Fechas de inscripción y renovaciones.
f) Domicilio.
g) Teléfono móvil
h) Correo electrónico.
I) Cursos realizados en materia cinegética y piscícola.

La inscripción en el Registro tendrá una validez de cinco años. La renovación de la inscripción se solicitará por la persona interesada con una
antelación mínima de treinta días a la fecha finalización del plazo de vigencia.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Los requisitos para inscribirse en el Registro son:


a) Estar en posesión de la habilitación de guarda rural, en su especialidad de guarda de caza, conforme con lo establecido en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.


b) Superación de la prueba de aptitud regulada mediante Decreto n.º 112/2018, de 23 de mayo, por el que se establecen las pruebas de aptitud para
la obtención de la licencia de caza en la Región de Murcia (BORM n.º 130 de 7 de junio de 2018).


c) Superación de la prueba de acreditación para la utilización de métodos de captura homologados de predadores, conforme al Decreto nº 148/2020, de 12 de noviembre, sobre autorización y homologación de métodos de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas (BORM n.º 267 de 17 de noviembre de 2020).


d) Obtener certificado de superación del curso de gestión cinegética que organiza el órgano directivo con competencias en materia de caza, cuyo contenido básico se establece en el anexo VII, del Decreto nº 123/2021, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, sobre registro, régimen de colaboración y formación de los Guardas de Caza de la Región de Murcia (BORM nº 142, de 23 de junio de 2021).

Documentos a aportar junto con la solicitud

Inscripción en el Registro de Guardas de Caza de la Región de Murcia
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    de inscripción en el Registro de guardas de caza de la Región de Murcia (ANEXO I)
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    de estar en posesión de la habilitación de guarda rural en su especialidad de guarda de caza
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    de superación de las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Región de Murcia.
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    de superación de la prueba de acreditación para la utilización de métodos de captura homologados de predadores.
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    de superación del curso de gestión cinegética.
  • Fotografía tamaño carné
    (Obligatorio / Original)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia