Operaciones que se pueden realizar:
Comunicar a Dirección General de Salud Pública y Adicciones que se van a impartir cursos para aplicadores de biocidas especiales y/o de tratamientos a la madera en la Región de Murcia.
Comunicar cualquier cambio que pretendan realizar respecto a la primera edición del curso.
Comunicar posteriores ediciones del curso.
Las entidades estarán obligadas a comunicar a la Dirección General de Salud Pública, con una antelación de al menos 15 días, la programación de los cursos que vayan a impartir, especificando fechas, horario, lugar de impartición y relación de asistentes, así como el lugar, fecha y hora del examen.
El titular de la entidad y el director del curso serán los responsables de mantener las condiciones que aportan en todos los cursos que impartan. Cualquier modificación deberá solicitarse a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
En caso de cese de la actividad el titular de la entidad y/o director del curso deberá comunicarlo a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
Centros docentes públicos o privados, universidades, organizaciones, asociaciones profesionales y administraciones públicas que quieran impartir estos cursos.
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)
Disponer, tanto de local, como de material pedagógico y audiovisual adecuado.
Contar con profesorado con titulación académica relacionada con la materia a impartir, de la que al menos una debe pertenecer al ámbito de Ciencias de la Salud y otra a Ingenieria de Montes o Agrónoma y experiencia docente o laboral en la materia.
Cumplimiento de las Normas de Calidad establecidas para este tipo de cursos.
Una vez que una entidad haya comunicado un primer curso en la Región de Murcia, cada vez que vaya a organizar una nueva edición deberá comunicarlo con quince días de antelación si no propone modificación alguna con respecto al primer curso, y con tres meses si propone algún cambio.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.