Comunicación de la crianza de pollos con densidad superior a 33 Kg/m2 de peso vivo (código 3837) (SIA 2929080)

Información Básica

Objeto:

Comunicación de la crianza de pollos con densidad superior a 33 kg/m2 de peso vivo de acuerdo con el Real Decreto 692/2010 de 20 de mayo, 15 días antes de la instalación de la manada en el gallinero.

Información de Interés

Los propietarios o criadores cuando decidan criar pollos de engorde a una densidad superior a 33 kg/m2 de peso vivo, tienen obligación de comunicarlo a la autoridada competente 15 días antes de la instalación de la manada en el gallinero,  de acuerdo con el Real Decreto 692/2010 de 20 de mayo.

El número de animnales que constituye la manada nunca podrá sobrepasar la capacidad máxima autorizada para la explotación.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

La comunicación de la crianza e pollos a una densidad superior a 33 kg/m2 no podrá suponer un incremento de la capacidad máxima autorizada para la explotación.

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

COMUNICACIÓN CRIANZA DE POLLOS CON DENSIDAD SUPERIOR A 33 KG/M2
  • Comunicación
    (Obligatorio / No original)
    Comunicación de crianza de pollos a una densidad superior a 33kg/m2

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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