Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 8:00 horas del lunes día 05/05/2025, no estará disponible la Pasarela de Pagos de la CARM.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Este procedimiento va dirigido a órganos o entidades de la CARM u otras administraciones públicas que quieran solicitar que se incorpore información territorial, siempre que esta haya sido generada por la administración, órgano o entidad solicitante en virtud de sus competencias, al Sistema Territorial de Referencia y o la IDERM, que gestiona por la Dirección General competente en ordenación del territorio de la CARM.
La incorporación de la información se realizará previa Resolución de la dirección general competente en ordenación del territorio en los casos previstos en el art. 38.2 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.
Incorporación de metadatos y servicios a la IDERM.
Si el solicitante es un órgano de la Administración Regional la solicitud se realizará mediante comunicación interior usando DELFOS, a través del procedimiento de salida de la Consejería correspondiente. En el caso de otras administraciones públicas las solicitudes se presentarán en Sede Electrónica mediante formulario genérico.
Las administraciones públicas o entidades que NO pertenezcan a la CARM remitirán sus solicitudes a través del Sistema Integrado de Registro, indicando el número de procedimiento 3842. Los órganos o entidades que SI pertenezcan a la CARM realizarán la solicitud a través de la administración electrónica, remitiendo la solicitud e información asociada a través de su aplicación sectorial, o desde Delfos en caso de no disponer de ella, siempre indicando el número de procedimiento 3842; en su defecto, podrán realizar la solicitud por comunicación interior CARM.
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ARQUITECTURA (A14028861)
Los conjuntos de datos geográficos y los servicios de información geográfica cumplirán los estándares de interoperabilidad y se acompañarán de los metadatos correspondientes, conforme con lo establecido en la ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España y con las normas de ejecución de la Directiva 2007/2/CE (Inspire) o aquellas otras que la sustituyan o la desarrollen, para su carga en el catálogo de metadatos. Los datos y servicios geográficos dispondrán de la calidad y grado de definición suficientes para hacer posible la toma de decisiones en el ámbito territorial y para su incorporación a la Infraestructura de Datos Espaciales de la Región de Murcia (IDERM)
En el caso de que los datos proporcionados carezcan de los requisitos mínimos de interoperabilidad y/o no cumplan la normativa vigente en ese momento, INSPIRE o aquellas otras que la sustituya o la desarrollen, la dirección general competente en materia de ordenación del territorio formulará al interesado requerimiento para que subsane las deficiencias observadas, quedando en suspenso el procedimiento, hasta su subsanación
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.