Se encuentra temporalmente deshabilitado el enlace “Acceso por certificado digital” de PASE ("Pasarela de Acceso a los Servicios Electrónicos"), el servicio de identificación de esta sede electrónica.
Para usar su certificado digital en PASE debe:
1. Acceder a través del enlace “cl@ve - Acceso con identidad electrónica para las administraciones”
2. Dentro de cl@ve, usar la opción “DNIe / Certificado electrónico”
Sentimos las molestias ocasionadas.
El bono digital contribuirá a financiar:
a. La contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha.
b. El incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, con la tecnología más adecuada en cada caso.
Ayuda destinada a contratar servicio de conexión a banda ancha, o incrementar el servicio ya disponible, a una velocidad mínima de 30 Mbit, destinada a las personas beneficiarias de la Renta Básica de Inserción y del Ingreso Mínimo Vital que podrán acceder los perceptor de Renta Básica de Inserción o Ingreso Mínimo Vital.
En el supuesto de que haya alguna incidencia referenta a la denegación, deberá realizarla a traves del siguiente correo: GEAS-IMAS@listas.carm.es
Personas en situación de vulnerabilidad económica
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)
Contratar servicio de conexión a banda ancha, o incrementar el servicio ya disponible, a una velocidad mínima de 30 Mbit.
Ser Perceptor de Renta Básica de Inserción o Ingreso Mínimo Vital.
Contratar los servicios de conexión con los operadores-colaboradores inscritos en el registro habilitado a tal fin en el IMAS.
Aceptar la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas.
Mantener la contratación de los servicios de conexión a abanda ancha, o el incremento de la velocidad de los ya contratados al menos durante doce mensualidades.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Entrega de documentos mediante la referencia del Sistema de Petición de Documentos (PETIDOC)
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.