Ayudas para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Región de Murcia en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (código 3889) (SIA 2892983)

Información Básica

Objeto:

Ayudas destinadas a financiar los costes derivados de la mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, con sujeción estricta a lo establecido en el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, modificado mediante el Real Decreto 1137/2023, de 19 de diciembre y el Real Decreto 522/2024, de 4 de junio.

La finalidad de estas ayudas es la ejecución de la inversión C15.I4 «Renovación y sostenibilidad de infraestructuras. Mejora del equipamiento que permite alojar las infraestructuras de telecomunicaciones situadas en los edificios para optimizar el despliegue de redes y lograr un menor consumo de energía» de la componente 15 del PRTR (Programa UNICO - Edificios).

Información de Interés

Plazo de presentación de solicitudes: 05/12/2024 al 31/12/2024

Plazo máximo de ejecución de las actuaciones subvencionables: 31/12/2024

Plazo máximo de justificación de las actuaciones realizadas: 30/12/2024

Se establecen dos modalidades de ayudas:

  • a) Subvenciones para nuevas actuaciones destinadas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios descritas en el aretículo 2.2 de laOrden de bases y convocatoria.
  • b) Subvenciones para incrementar, hasta el 100% del coste total subvencionable, la intensidad de la ayuda otorgada al amparo de la convocatoria efectuada mediante Orden de 28 de septiembre de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital (ref. BDNS 641645).

Las actuaciones subvencionables se describen en el artículo 2 de la Orden de 28 de noviembre de 2024​​​​​​, de bases y convocatoria, y de forma resumida se indican a contiuación:

  • a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa).
  • b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación –antenas– ni de adaptación –equipamiento de cabecera).
  • c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.

El Manual de marca del Plan de Recuperación Tranformación y Resiliencia, los logos del mismo y los de la Unión Europea, el Código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha de 29 de diciembre de 2021 (BORM de 29 de enero de 2022), y los modelos previstos para la justificación de la ayuda, se encuentran enlazados en la propia Orden de 28 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Región de Murcia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones situados en la Región de Murcia, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones de acuerdo con alguna de las tres actuaciones citadas en el artículo 2 de la Orden de bases y convocatoria.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 05/12/2024 hasta 31/12/2024

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL (A14036680)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Las comunidades de propietarios solicitantes no podrán resultar beneficiarias de estas ayudas si incurren en alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en cuanto les resulten de aplicación.

Las actuaciones enumeradas en el artículo 2 de la Orden de bases y convocatoria deben realizarse en edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Además, dichas actuaciones deben cumplir las condiciones generales y específicas indicadas en el artículo 3 de la citada Orden.

Requisitos posteriores

Los beneficiarios de las subvenciones quedan sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las contenidas en el Real Decreto 990/2021, las que figuren en la resolución de concesión de las ayudas y en las instrucciones específicas que, en su caso, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.

En consecuencia, los beneficiarios de las subvenciones reguladas y convocadas mediante la Orden de 28 de noviembre de 2024, de bases y convocatoria, tendrán, entre otras, las obligaciones establecidas en el artículo 12 de la misma.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud genérica
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Solicitud de subvención según modelo Anexo I o Anexo V, según el caso.
  • Documento de identidad: NIF
    (Obligatorio / No original)
    Copia de la comunicación de tarjeta acreditativa del NIF de la comunidad de propietarios solicitante de la ayuda la que aparezca el CSV.
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Certificado del acuerdo de la junta de propietarios del inmueble, emitido y firmado por el secretario o secretario-administrador de la comunidad en el que se autoriza la actuación y el nombramiento del representante.
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
    Si el representante es una persona jurídica, deberá presentar copia de la comunicación de tarjeta acreditativa del NIF del representante en la que aparezca el CSV, si es
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable sobre cumplimiento requisitos, según modelo del Anexo II
  • Compromiso
    (Obligatorio / No original)
    Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, según modelo del Anexo III.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, según modelo del Anexo IV.
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble en el que se van a llevar a cabo las actuaciones, que acredite el uso y su fecha/año de conclusión, que debe ser anterior, en las tres actuaciones previstas, al 1 de enero de 2000.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado bancario del IBAN a nombre de la comunidad de propietarios, a efectos de ingreso de la subvención que se solicita.
  • Informe
    (Obligatorio / No original)
    Informe Técnico de Renovación, suscrito por titulado o titulada competente en materia de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT)
  • Presupuesto
    (Obligatorio / No original)
    Presupuesto desglosado aprobado por la propiedad a la empresa instaladora de telecomunicaciones registrada para la ejecución de la actuación acordada; presupuesto que será realizado en base a lo previsto en el Informe Técnico de Renovación.
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
    Copia del NIF del Presidente de la comunidad de propietarios en los casos en que no sea éste el que presenta la solicitud electrónica.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

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Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:

CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Competencia delegada en el titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital (BORM nº216, 16/09/2024)

Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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