Subvenciones públicas destinadas a financiar las inversiones incluidas en la Línea de Inversión 4 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» del Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Dos líneas de subvención para la creación y el mantenimiento del empleo que tendrán por objeto compensar en parte los costes salariales de los trabajadores asalariados mantenidos de la microempresa o del trabajador autónomo, o de los socios-trabajadores o de trabajo de la empresa que sea beneficiaria, de un centro de trabajo ubicado en la Región de Murcia, durante un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud de la subvención, comprometiéndose la empresa beneficiaria a realizar en dicho plazo una actuación que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital, según la línea de subvención solicitada y de acuerdo con lo que se especifica en el artículo 5 de la Orden de Bases, así como a la creación de empleo, en su caso.
Los formularios de solicitud de concesión de subvenciones para creación y para mantenimiento de empleo estarán disponibles en los siguientes enlaces a la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia mientras esté abierta la convocatoria:
La presentación de la solicitud se realizará a través del registro electrónico del Instituto de Fomento de la Región de Murcia al que se accederá desde la sede electrónica de la referida entidad de derecho público: https://sede.institutofomentomurcia.es
a) Microempresas y trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Región de Murcia, que tengan al menos un centro de trabajo abierto en dicho territorio, que tengan entre uno y nueve trabajadores asalariados, y que tuvieran un volumen de negocio o balance general inferior a dos millones de euros.b) Cooperativas y sociedades laborales, que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Región de Murcia que tengan al menos un centro de trabajo abierto en dicho territorio. En el caso de las cooperativas, deberán haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a los efectos de la Seguridad Social.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.