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Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, dirigidas a la cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, y mejora de las capacidades para la transición ecológica en el marco del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 20, CID 298, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2022.
Esta línea de ayudas, tiene por finalidad subvencionar propuestas de acciones formativas que se ajusten a las necesidades más inmediatas de formación del capital humano de los distintos sectores productivos.
Concretamente las destinadas a la realización de proyectos de formación compuestos por acciones formativas de educación no formal que permitan a las personas trabajadoras participantes mejorar su cualificación en determinados sectores estratégicos y, en su caso, permitirles un posterior reconocimiento de sus competencias profesionales mediante el correspondiente procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia profesional o por vías de formación no formal.
Las resoluciones de esta convocatoria se podrán ver en el siguiente enlace Convocatoria
De acuerdo al articulo 2 de la Orden de Bases, tendrán condición de beneficiarias:
a) Empresas, a título individual, para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral.
b) Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas que las integren.
c) Entidades colaboradoras del Servicio Regional de Empleo y Formación para la formación profesional para el empleo.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO, UNIVERSIDADES Y PORTAVOCÍA
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)
Las empresas o agrupaciones de empresas que no estén autorizadas por el Sef para impartir Formación Profesional para el Empleo, deberán identificarse y solicitar su acceso a la plataforma GEFE por el procedimiento 2248 de la sede electrónica de la CARM (sede.carm.es): Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de formación. En la pestaña “Presentación de solicitudes”, “escrito de aportación de documentos”, seleccionando la opción “en nombre propio”, en el tipo de referencia “Referencia Expediente Origen” y en el campo “Referencia” se especificará “Empresa no registrada”.
A continuación, se adjuntará la siguiente documentación:
-Si es una persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica:
-Si es una persona física (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos):
(*) Sólo cuando no autorice a este órgano administrativo para que pueda obtener los datos / documentos de forma electrónica (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
-En caso de tratarse de una agrupación:
- Compromiso de ejecución formalizado por escrito entre las empresas o entidades integrantes, y suscrito por sus correspondientes representantes legales, concretando qué partes del proyecto realizará cada entidad, así como el compromiso de contratación de cada uno de sus integrantes.
- Acreditación del representante o apoderado/a único/a de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.
Presentada dicha documentación, la empresa o agrupación recibirá notificación por parte del SEF para, en su caso, poder presentar y registrar telemáticamente, desde la propia aplicación GEFE la solicitud en los términos previstos en el apartado anterior.
Realizar la actividad formativa que fundamenta la concesión de la subvención, de acuerdo con las condiciones y requisitos formales y materiales de la convocatoria, así como con las condiciones de aprobación que sirvieron de base para determinar la valoración técnica y la subvención concedida.
El plazo para la ejecución de los programas subvencionados será desde su aprobación y hasta el hasta el 30 de junio de 2023.
El módulo de formación práctica en centros de trabajo de las acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad, así como los compromisos de prácticas profesionales no laborales de las acciones formativas no vinculadas a certificados de profesionalidad, deberán realizarse, de igual forma, dentro del plazo indicado.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.