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Sentimos las molestias ocasionadas.
Reconocimiento de manifestación festiva de carácter religioso, cultural, o tradicional con uso de artificios pirotécnicos.
El reconocimiento del carácter religioso, cultural o tradicional de una manifestación festiva con uso de artificios pirotécnicos dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde a la Consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, de oficio o a instancia del Ayuntamiento en cuyo término municipal se desarrolle la misma, que deberá realizarse con carácter previo a la autorización municipal para su desarrollo.
Reconocido el carácter religioso, cultural o tradicional de la manifestación festiva, el Ayuntamiento respectivo otorgará, si procede, la autorización municipal para su desarrollo.
Ayuntamiento que pretendan el reconocimiento del carácter religioso, cultural o tradicional de una manifestación festiva con uso de artificios pirotécnicos.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Para obtener el reconocimiento del carácter religioso, cultural o tradicional de manifestaciones festivas con uso de artificios pirotécnicos el Ayuntamiento en cuyo término municipal se desarrolle la misma presentará solicitud y acompañara documentación
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA |