Mantenimiento de la Capacitación para el personal que trabaja con animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. (código 4010) (SIA 2945064)

Información Básica

Objeto:

Obtener el Mantenimiento de la Capacitación para el personal que trabaja con animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, en base a la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo y la Orden CNU/120/2025, de 3 de febrero, por la que se modifica la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia

Información de Interés

Este procedimiento deriva del procedimiento nº 2439  RECONOCMIENTO DE LA CAPACITACIÓN PARA MANEJAR ANIMALES UTILIZADOS, CRIADOS O SUMINISTRADOS CON FINES DE EXPERIMENTACIÓN Y OTROS FINES CIENTÍFICOS, INCLUYENDO LA DOCENCIA.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personas físicas que quieran solicitar el mantenimiento de la capacitación en experimentación a los 8 años de haber obtenido el reconocimiento de la misma.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Contar con el reconocimiento inicial de capacitación por funciones con la Orden ECC/566/2015 en la Región de Murcia o desempeñar su actividad laboral en dicha región.
  • Estar facultados para las categorías del derogado RD 1201/2005 por homologación de la autoridad competente en la Región de Murcia.
  • Estar facultados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para las categorías del RD 1201/2005 por homologación o formación, si su lugar de trabajo o residencia está en la Región de Murcia.
  • Si la acreditación inicial se obtuvo en otro Estado miembro de la UE, se podrá solicitar el reconocimiento en la Comunidad Autónoma de trabajo o empadronamiento

Requisitos posteriores

Disponer de actividades de formación continuada que deberán ser equivalentes como mínimo al siguiente número de horas de formación:

  • Función a (Cuidado de los animales): 20 horas en 8 años.
  • Función b (Eutanasia de los animales): 25 horas en 8 años.
  • Función c (Realización de los proccedimientos): 45 horas en 8 años.
  • Función d (Diseño de los proyectos y procedimientos): 40 horas en 8 años.
  • Función e (Asunción de la responsabilidad de la supervisión "in situ" del bienestar y cuidaddo de los animales): 90 horas en 8 años.
  • Función f (Asunción de las funciones de veterinario designado): 90 horas en 8 años.

Si se solicita el mantenimiento de varias funciones, se deben cumplir los requisitos de la que exija más horas.

Para acreditar la capacitación, se deben presentar diplomas, certificados de asistencia y documentación que justifique la formación realizada, según el artículo 20, apartado 2.

INSTRUCCIONES MANTENIMIENTO CAPACITACIÓN ORDEN ECC 566/2015 Y BAREMO A TENER EN CUENTA EN LA REGIÓN DE MURCIA         

  • La solicitud se presentará ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma que emitió la acreditación inicial o en la Comunidad donde se trabaja.
  • La capacitación se revisará al menos cada 8 años.
  • Las personas afectadas por la Disposición Transitoria Primera del RD 1201/2005 mantienen sus facultades sin restricciones y sin necesidad de solicitar reconocimiento.El plazo de reconocimiento de la acreditación finalizó el 2 de abril de 2024. A partir de esta fecha, se aplicará lo previsto en el artículo 20 sobre mantenimiento de la capacitación.
  • La autoridad competente de la Región de Murcia aplicará la Orden ECC/566/2015, la Orden CNU/120/2025 y la Guía CEPAFIC (2020).

                                                                                                 

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA EL MANTENIMIENTO DE LA CAPACITACIÓN

Se va a exigir la presentación de la siguiente documentación para cada función:

  • Un formulario de solicitud (donde se incluye una auto-baremación).
  • Un Anexo en formato Excel (con una relación exhaustiva de los méritos, con indicación de la duración de la formación y los resultados de aprendizaje y módulo(s) de la Orden con los que se corresponde (de los que se relacionan en el Anexo I de la Orden ECC 566/2015)).
  • Documentos justificativos de los méritos. Si los documentos no se encuentran en español, se debe aportar además una traducción en español de los mismos, que puede ser realizada por el solicitante, que se responsabiliza de su veracidad.
  • Para títulos extranjeros, se requiere homologación/convalidación.
  • Para cursos extranjeros, acreditar contenido.
  •  En casos excepcionales, se podrá permitir la declaración responsable para algunos requisitos, según el artículo 69.1 de la Ley 39/2015.

BAREMACIÓN

1-  CURSOS, TALLERES, PONENCIAS, SEMINARIOS, CONGRESOS, JORNADAS… (puede contabilizar un 100% de las horas necesarias para la función).

Necesario aportar Certificado con contenido y duración.

En Anexo Excel se debe indicar título, fecha, entidad formadora, duración en horas, Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015) con el que está relacionado la actividad.

En caso de impartir la formación, en vez de recibirla, contabilizaría el triple de la duración impartida, y una sola vez (en caso de que hubiese varias ediciones).

Cuando no se indica duración de forma expresa, se propone considerar:

    • Para póster y comunicaciones orales: 1 hora.
    • Para charlas invitadas o plenarias: 3 horas.

2- ADQUISICIÓN DE NUEVAS HABILIDADES EN ESTANCIAS O EN LOS PROPIOS CENTROS (puede contabilizar hasta un 50% de las horas necesarias para la función).

Necesario aportar Certificado del responsable del establecimiento o similar donde se incluyan las nuevas habilidades o métodos implementados, la finalidad, y la duración de la actividad (por horas).

En Anexo Excel se debe indicar título, fecha, entidad formadora, duración, Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015) con el que está relacionado la actividad.

3- EVALUACIÓN ÉTICA DE PROYECTOS (puede contabilizar hasta un 50% de las horas necesarias para la función)

Necesario aportar Certificado de la secretaría del Órgano Habilitado indicando la pertenencia al Órgano y tiempo de pertenencia, su participación activa, nº de reuniones a las que asistido y nº de proyectos en cuya evaluación ha participado, y rellenar dicha información en el Anexo Excel.

Se contabilizarán 2 horas por proyecto evaluado.

4- PUBLICACIONES CIENTÍFICAS, INFORMES CIENTÍFICO-TÉCNICOS, PERTENENCIA A OTROS COMITÉS, COMISIONES O GRUPOS DE TRABAJO RELACIONADOS CON EXPERIMENTACIÓN ANIMAL O SUS ALTERNATIVAS (pueden contabilizar hasta un 50% de las horas necesarias para la función)

4.1 PUBLICACIONES CIENTÍFICAS

Se debe presentar la primera página con un resumen de la publicación.

Se acepta un máximo de 3 publicaciones.

Relacionados con algún Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015).

5 horas si primer o último autor o autor de correspondencia, y 2 horas el resto.

Las publicaciones científicas, para ser contabilizadas, deben aparecer en revistas indexadas (incluidas en Science Citation Index (SCI), Journal Citation Report (JCR) o SCOPUS) o en capítulos de libros (en editoriales especializadas de reconocido prestigio en la que se pueda garantizar un riguroso proceso de evaluación).

4.2 INFORMES CIENTÍFICO-TÉCNICOS

Relacionados con algún Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015).

Se acepta un máximo de 3 informes científico-técnicos, contabilizando 3 h por informe.

4.3 PERTENENCIA A COMITÉ CIENTIFICO RELACIONADO CON EXPERIMENTACIÓN ANIMAL Y SUS ALTERNATIVAS

Relacionados con algún Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015).

Se acepta un máximo de 3 comités científicos, contabilizando 3 h por cada comité.

(La pertenencia a Órgano Habilitado para evaluación de proyectos no contabiliza en este apartado, sino en el apartado 3, donde contabiliza en función del nº de proyectos evaluados.)

4.4 COMISIÓN O GRUPO DE TRABAJO RELACIONADO CON EXPERIMENTACIÓN ANIMAL O SUS ALTERNATIVAS

Relacionados con algún Módulo y resultado de aprendizaje (del Anexo I de la Orden ECC 566/2015).

Se acepta un máximo de 3 comisiones o grupos de trabajo, contabilizando 3 h por cada comisión o grupo de trabajo.

(La pertenencia a Órgano Habilitado para evaluación de proyectos no contabiliza en este apartado, sino en el apartado 3, donde contabiliza en función del nº de proyectos evaluados.)

Nota: Todas las actividades deben estar relacionadas con experimentación animal o alternativas reconocidas por el órgano competente.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud Mantenimiento Capacitación

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia