Solicitar la deducción fiscal en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas) de las inversiones en ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de fuentes de energía renovables (solar térmica, fotovoltaica y eólica) en las viviendas que constituyan o vayan a constituir la habitual del contribuyente o sea vivienda destinada al arrendamiento que no tenga la consideración de actividad económica (Artículo 1, apartado Cinco del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos. Decreto n.º 128/2005, de 18 de noviembre, por el que se desarrolla el art.1.3 de la ley 8/2004, de 28 de diciembre relativo a la deducción, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por inversión).
¡Atención! por cambios en la legislación, actualmente sólo se podrán presentar solicitudes de las inversiones en instalaciones ejecutadas y facturadas dentro del año 2023, disponiendo para ello de plazo hasta 30 de junio de 2024.
- ACREDITACIÓN VIVIENDA PARA EL ARRENDAMIENTO
En el caso de que la vivienda esté destinada al arrendamiento sin consideración de actividad económica, de acuerdo a lo indicado en el art. 1.cinco.4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre la consideración de actividad económica se define en el art. 27.2 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, "se entenderá que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica, únicamente cuando para la ordenación de esta se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa". Por tanto, en caso de que la vivienda en la que se aplica la deducción sea para el arrendamiento deberá adjuntar a esta presentación el Justificante que lo acredite (contrato de arrendamiento entre personas físicas, declaración del IRPF del año anterior en la que aparezca el alquiler como "rendimientos de capital inmobiliario" y no como "rendimientos económicos", u otro documento oficial con datos contrastables al respecto).
- TRAMITACIÓN SEMIPRESENCIAL
Sólo para quienes no estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas y no dispongan de certificado digital deberán utilizar obligatoriamente el modelo "Generación de formulario de solicitud sin certificado digital" que aparece en la pestaña de "Presentación solicitudes", en el apartado de "Modelos para solicitudes", accediendo al formulario digital que, una vez relleno, deberá imprimir y presentar en una Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera, adjuntando en ese momento el resto de documentación necesaria.
- Seguimiento de la tramitación
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.
b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.
- Información Particular
Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “como va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.
Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información”, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Delegación de poder de representación.
En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).
- Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.
Solo se podrán presentar solicitudes de deducción fiscal en el IRPF de las inversiones en ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de fuentes de energía renovables ejecutados y facturados dentro del año 2023, correspondientes a la renta de 2023.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
PRESENTACIÓN PRESENCIAL: Para la presentación presencial de esta convocatoria es obligatorio utilizar el modelo "Generación de formulario de solicitud sin certificado digital" . En este enlace no necesita disponer de certificado digital y podrá generar el formulario con las mismos cálculosy/o desplegables que en la presentación telemática. Una vez cumplimentado dicho formulario deberá imprimir el borrador, que dispondrá de un código de barras en su parte inferior, y presentarlo en una Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera, donde se registrará dicha solicitud, digitalizando y adjuntando el resto de documentos necesarios según la convocatoria.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
No sujeto al pago de tasas
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |