Los Centros Especiales de Empleo (CEE) son un medio de integración de personas con discapacidad en el régimen de trabajo ordinario. El objetivo principal es llevar a cabo un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y con la finalidad de asegurar un puesto de trabajo remunerado, prestando los servicios de ajuste personal y social que requiera su personal con discapacidad.
Para obtener la calificación como CEE y efectuar la inscripción, hay que solicitarlo al Registro de Centros Especiales de Empleo.
Pueden ser creados por las administraciones públicas, directamente o en colaboración con otros organismos, por entidades sin ánimo de lucro o por personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes con capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)
- Realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado.
- Asegurar un empleo remunerado.
- Ser un medio de integración del mayor número de discapacitados al régimen de trabajo normal.
- La prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores discapacitados.
- Al menos el 70% de la totalidad de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por trabajadores discapacitados.
- La Actividad a desarrollar ha de tener viabilidad técnica, económica y financiera.
- Tener en plantilla al personal técnico y de apoyo en posesión de las titulaciones profesionales adecuadas, que la actividad del Centro precise.
- Estructura y organización independiente de la del titular.
- Contratos laborales suscritos conforme al R.D. 1368/1985.
- Domicilio social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |