Subvención para los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia con el objeto de facilitar la adquisición, mejora o actualización de equipamiento científico-tecnológico destinado, con carácter principal, a potenciar sus actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en sectores o tecnologías priorizadas en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia (www.ris3mur.es) y que supongan un impacto científico, económico y social.
Podrá encontrar toda la información sobre este programa de ayuda, el formulario para su solicitud y sus plazos de presentación en la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, a partir de la publicación de la convocatoria.
Nota: este procedimiento no se tramita a través de la Sede Electrónica de la CARM. Para su tramitación deberá acceder a la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia mediante el siguiente enlace: https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto/
El crédito de cada convocatoria estará financiado hasta el 80% con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Ayuda con caracter de mínimis.
Se entenderá por Centro Tecnológico, a los efectos de estas bases, a una tipología de organismo de investigación, sin ánimo de lucro, legalmente constituido, con personalidad jurídica propia y creado con el objeto específico de contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas, de los enunciados en el artículo 29 de la Ley 8/2007, de 23 de abril.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
Podrán acogerse a estas ayudas los Centros Tecnológicos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que sean PYMES.
b) Que sean asociaciones empresariales privadas.
c) Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
d) Que desarrollen las actuaciones subvencionadas en un centro de trabajo abierto en el ámbito geográfico de la Región de Murcia.
e) Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (https:// www.ris3mur.es/).
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.