Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, van destinadas a la producción de obras de cortometraje de ficción, animación o documentales, cuyo objetivo último sea su difusión pública. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración máxima de treinta minutos.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria el desarrollo de las siguientes obras:
El pago del importe de la ayuda concedida se realizará en un único libramiento por la totalidad del importe de la misma y con carácter previo a la justificación, por constituir financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención concedida, no siendo necesario el establecimiento de un sistema de garantías.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación será del 27 de febrero al 31 de marzo de 2023
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, TURISMO, CULTURA, JUVENTUD, DEPORTES Y PORTAVOCÍA
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)
Podrán beneficiarse de las ayudas que contemplan la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas, privadas e independientes, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad mercantil, entendiéndose por independiente aquella persona física o jurídica que no sea objeto de influencia dominante por parte de un prestador de servicios de comunicación/difusión audiovisual, ni de un titular de canal televisivo privado, ni, por su parte, ejerza una influencia dominante, ya sea, en cualesquiera de los supuestos, por razones de propiedad, participación financiera o por tener la facultad de condicionar, de algún modo, la toma de decisiones de los órganos de administración o gestión respectivos y además, cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
1. Las personas o empresas beneficiarias quedan obligadas a justificar, en el plazo de DOS MESES a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución, el cumplimiento de la aplicación de los fondos percibidos a los fines que motivaron su libramiento. Para ello deberán presentar una Memoria detallada que contenga la siguiente información:
a) Memoria del proyecto subvencionado que delimite las actuaciones llevadas a cabo, su desarrollo y su estado de ejecución.
b) En su caso, carteles, folletos, libros, C/D, anuncios o cualquier otro tipo de publicidad de la actividad o proyecto subvencionado en el que aparezca la publicidad dada a la colaboración.
c) Memoria económica justificativa simplificada con indicación detallada de los gastos relacionados en el proyecto subvencionado. En la citada cuenta justificativa deberá aparecer claramente identificado el acreedor/a y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago (ANEXO IV).
Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a justificar la totalidad de los gastos del proyecto, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida. Las facturas justificativas, o documentos equivalentes en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa, los justificantes de pagos realizados mediante transferencias bancarias (en las que conste la factura e importe cuyo pago se afronta, el tercero/a perceptor/a y el código cuenta cliente del/la mismo/a).
2. La agrupación de personas solicitantes presentarán una única cuenta justificativa en la que deberán hacerse constar los gastos asumidos por cada persona miembro de la agrupación.
En el caso de que la agrupación haya desarrollado el proyecto o actividad a través de un acuerdo firmado por las personas beneficiarias, la justificación del reparto de los costes y su individualización deberá ir acompañada de:
a) El acuerdo firmado por las partes.
b) Facturas expedidas a nombre del titular responsable de la ejecución principal del proyecto en la que figure el concepto y el importe de los gastos asociados al proyecto.
c) Factura/s de la ejecución principal del proyecto expedida a nombre de las personas beneficiarias según el reparto establecido en el acuerdo.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA |