Convocatoria de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de becas destinadas a la formación y prácticas en asuntos europeos, que se desarrollarán tanto en la Dirección General de la Unión Europea (Murcia), como en la Oficina de la Región de Murcia en Bruselas (Bégica), dirigida a graduados univesitarios.
Esta formación tutorizada de carácter práctico tendrá una duración de doce meses a contar desde el día de la efectiva incorporación de la persona beneficiaria de la beca y, salvo causa de fuerza mayor, se realizará de forma presencial en:
La presentación de solicitudes es exclusivamente telemática, a través de la sede electrónica de la CARM Procedimiento 4101, menú "Presentación Solicitudes", cumplimentando el formulario específico y adjuntando la documentación acreditativa de los requisitos y méritos a valorar en fase de instrucción en formato .PDF.
Personas físicas no mayores de 30 años, que estén en posesión, o en condiciones de obtener, un título universitario de carácter oficial de al menos, Grado o equivalente, que permita el acceso a estudios de postgrado.
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIÓN EUROPEA (A14036705)
a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
b) Ser natural o residir en la Región de Murcia con anterioridad al menos de un año de forma inimterrumpida, a contar dede la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
c) No ser mayor de 30 años.
d) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, un título universitario de carácter oficial de al menos, Grado o equivalente, que permita el acceso a estudios de postgrado.
e) Dominio de la lengua española.
f) Tener conocimiento de los idiomas, inglés con un nivel mínimo B2 y, un segundo idioma, que sea lengua oficial de la Unión Europea, con un nivel mínimo B1, según el MECR.
g) No ser, ni haber sido con anterioridad, beneficiario de becas de formación y prácticas en asuntos europeos convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
h) No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvenión, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
1.-El disfrute de la beca concedida al amparo de esta Orden es incompatible en coincidencia temporal con el de cualquier otra beca, subvención o ayuda financiada con fondos públicos o privados, nacionales o internacionales, que impida o menoscabe el estricto cumplimiento de las obligaciones que, como persona beneficiaria, le corresponda conforme a lo que se establezcan las Órdenes por las que se aprueban las bases reguladoras y de convocatoria, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria.
2.-El disfrute de la beca no constituirá prestación de servicios ni el establecimiento de relación laboral o funcionarial alguna de la persona beneficiaria con la CARM, por más que, con arreglo a la normativa vigente, la realización de las prácticas formativas determine su integración en el Régimen General de la Seguridad Social y la obligación de efectuar las correspondientes cotizaciones a través de los correspondientes boletines de cotización a la Seguridad Social, o que, por su condición de persona beneficiaria de la beca, reciba la consideración de persona asegurada dentro del seguro colectivo de accidentes, no laborales y de trabajo del personal al servicio de la administración regional.
3.-La persona beneficiaria de la beca vendrá obligada a cumplir las obligaciones que, con carácter general, se recogen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y además las siguientes:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |