Comunicación previa de quema de restos de poda para pequeñas y microexplotaciones agrarias (código 4143) (SIA 2986688)

Información Básica

Objeto:

COMUNICACION PREVIA DE QUEMA DE RESTOS DE PODA PARA PEQUEÑAS Y MICROEXPLOTACIONES AGRARIAS

Información de Interés

  • A.- Este procedimiento permite la quema controlada in situ en pequeñas y microexplotaciones agrícolas cuando no existe otra alternativa de gestión y por la existencia de un riesgo fitosanitario. 
  • B.- Cuando se pretenda solicitar quemas en aquellos terrenos incluidos en la franja de 400 metros de zona forestal deberá remitir la comunicación previa a la Subdirección de Política forestal a traves de la dirección de correo electrónico prevencion.incendiosforestales@carm.es
  • C.- Los interesados deberán comunicar con suficiente antelación al Ayuntamiento del municipio donde se tiene previsto realizar la quema la autorización de la Consejería competente, para la determinación por éste de las medidas complementarias que en su caso procedieran, en materia de protección contra la contaminación atmosférica y la salud, cuando dicha quema afecte o pueda afectar por su proximidad a la población del núcleo urbano, con sujeción al cumplimiento de las ordenanzas municipales que les sean de aplicación.
  • D.- Al objeto de minimizar el efecto de las quemas controladas ¨in situ¨ por motivos fitosanitarios sobre la contaminación atmosférica y la salud de las personas, las corporaciones locales y siempre que la misma pueda afectar a la población de un núcleo urbano podrán dictar las normas para restringir o limitar las quemas en determinadas áreas. Las cuales al menos deberán contemplar las normas mínimas dirigidas a proteger la calidad del aire y la salud establecidas en el Anexo III de este Decreto-LeyAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Personas físicas y jurídicas y entidades sin personalidad jurídica interesados en la quema de restos de poda de pequeñas y microexplotaciones en virtud del Decreto-Ley 01/2023, de 05 de Abril

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La presentación de las comunicaciones previas a la realización de una quema "in situ" en el supuesto de pequeñas y microexplotaciones agrarias es de 7 días

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser titular o arrendatario de una pequeña o microexplotacion agrícola (Articulo 3, Decreto-Ley 01/2023, de 5 de abril) respecto a cultivos previstos en el Anexo I del Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.

Requisitos posteriores

Deberá comunicarse el recibo del registro de presentación de esta comunicación al Ayuntamiento correspondiente con anterioridad a la quema. En caso de encontrarse la ubicación de la quema a menos de 400 m de zona forestal deberá presentar también dicho recibo a la siguiente dirección de correo electrónico: prevencion.incendiosforestales@carm.es

Documentos a aportar junto con la solicitud

COMUNICIACIÓN PREVIA QUEMA RESTOS PODA
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Debe aportar modelo de comunicación previa (Anexo II B) que se indica en el apartado documentación de este procedimiento
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Comunicación previa conjunta de cooperativas agrarias, organizaciones agrarias o consejos agrarios locales. Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar Información sobre tasas abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

No sujeto a tasas

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado ENS MEDIA Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia