Exención de guardias a los facultativos de más de cincuenta y cinco años del Servicio Murciano de Salud (código 4252) (SIA 3145882)

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Información Básica

Objeto:

Renunciar a la realización de guardias médicas por razón de edad, y en su caso solicitar la participación voluntaria en los módulos de actividad complementaria.

Información de Interés

Para la adecuada presentación de la solicitud deberá dirigirla a la Gerencia en la que se integre como personal destinado en ella.

La Gerencia, a través de la Dirección Médica, y previo informe de los Jefes de Servicio y Unidad correspondiente, resolverá la solicitud de autorización de exención de guardias médicas a los facultativos que así lo soliciten. En caso de que dicho informe sea contrario a la autorización de exención de guardias médicas, se dará traslado del mismo y propuesta de solución a la Comisión Mixta para que emita el correspondiente informe.

Transcurrido el plazo máximo de un año desde la presentación de la solicitud, de haber sido denegada por la Gerencia por necesidades del servicio, podrá volverse a solicitar la exención.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Facultativos de Atención Especializada del Servicio Murciano de Salud

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

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Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser facultativo de Atención Especializada, mayor de 55 años, que actualmente esté realizando guardias, o haya sido eximido de su realización en un periodo no superior a dos años.

En el escrito solicitando la exención de realizar guardias médicas por razón de edad, deberá constar, en su caso, la solicitud de participación voluntaria en los módulos de actividad descritos en el Pacto sobre exención de guardias a los facultativos de más de cincuenta y cinco años, en régimen de presencia física.

El escrito se presentará durante el primer trimestre del año en el que desee acogerse a esta excepción. Asímismo, podrá presentar la solicitud en este plazo si no teniendo aún 55 años fuera a cumplirlos durante el año.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Exención de guardias a los facultativos de más de cincuenta y cinco años del Servicio Murciano de Salud

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:


Titulares de Gerencias de Áreas

Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
RECURSO ALZADA: El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso... (Art.122 Ley 39/2015, del 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP). CONTENCIOSO-ADMIISTRATIVO: El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. (Art. 46 Ley 29/1998, de de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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