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Atención

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Disculpen las molestias.

Ayudas al desarrollo de Rodajes de Largometrajes y Producciones Audiovisuales en la Región de Murcia (código 4262) (SIA 3030595)

Información Básica

Objeto:

Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a impulsar el sector audiovisual en la Región de Murcia y el empleo en el mismo mediante el fomento y realización de rodajes cinematográficos de productoras no residentes en la Región, que con ocasión de éstos incurran en gastos en el territorio de la Región de Murcia.

Información de Interés

Se financiarán un máximo de tres proyectos a razón de 100.000€ cada uno

Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada como pueden ser:

  1. La contratación, durante el rodaje, de empresas con domicilio social o fiscal en la Región de Murcia que vayan a prestar servicios audiovisuales o anexos (catering, alquiler de vehículos, alquiler de localizaciones, platós, construcción de escenarios, etc.). El gasto por el alojamiento será de un máximo del 15% del total de la ayuda. 
  2. La contratación de personal técnico y/o artístico murciano. A tal efecto ha de considerarse, las personas nacidas en la Región de Murcia o que, sin haber nacido en ella, se encuentren empadronadas como residentes al menos 1 año en la Región de Murcia. El gasto derivado de la contratación artística será de un máximo del 25% del total de la ayuda. 
  3. El transporte preciso durante el periodo de rodaje en la Región de Murcia.
  4. Las tasas administrativas o de gestión precisas para la ejecución y desarrollo del rodaje en la Región de Murcia.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Productoras cinematográficas interesadas en realizar rodajes de largometrajes en el territorio de la Región de Murcia

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán beneficiarse de las ayudas que contemplan la presente convocatoria las personas jurídicas privadas que no tengan residencia fiscal en la Región de Murcia, que lleven a cabo la producción de una obra cinematográfica (largometrajes o series)  y que con motivo de un rodaje cumplan los requisitos:

  1. Residencia fiscal en España y alta, en el momento de la publicación de la presente convocatoria, en el epígrafe del Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.) 961.1.
  2. Inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales o en cualquier otro registro administrativo de empresas audiovisuales del territorio español o bien, si se trata de su primera inscripción, hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción, en el momento de la solicitud de la ayuda. Para entidades extranjeras, el equivalente a este registro en su país de origen.
  3. Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como con la Seguridad Social y en materia de subvenciones. Esta exigencia deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el procedimiento de convocatoria.
  4. La entidad solicitante deberá acreditar el estreno de mínimo 3 películas y/o series en salas de cine comercial/profesional o plataformas de televisión a la carta mediante la presentación del resguardo de comunicación de fecha de estreno expedido por el ICAA en el caso de películas y para series, la documentación que acredite el estreno en televisión o plataformas de televisión a la carta. Para entidades extranjeras, el equivalente en su país de origen.
  5. Proyecto viable económicamente, para lo que deberá disponer de un plan de financiación con fuentes de financiación confirmadas, de al menos un 60% del proyecto global (avales bancarios, créditos concedidos, etc.).
  6. Que se trate de proyectos audiovisuales destinados a exhibición en salas de cine comerciales/profesionales o plataformas de televisión a la carta (VOD/ Video On Demand).
  7. Que el presupuesto de rodaje global sea superior a 1.300.000 €.
  8. Que los servicios técnicos y artísticos precisos para el rodaje que se realicen en la Región de Murcia deberán ser contratados con empresas con domicilio fiscal en la Región de Murcia no integradas en la coproducción del rodaje concurrente, ni sobre sociedades sobre las que las coproductoras puedan ejercer cualquier tipo de control.
  9. No haber sido objeto de la sanción consistente en la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por el incumplimiento de cualquier normativa, y en especial en materia de igualdad entre mujeres y hombres de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  10. Cumplir con la obligación sobre la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en el caso de que le sea aplicable, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Quedan excluidas las entidades públicas, personas físicas o agrupaciones de éstas, o los proyectos producidos por operadores de televisión u otros prestadores de servicios de comunicación de acuerdo con el apartado segundo del artículo 19 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, así como cualquier otra figura jurídica sobre las que cualquiera de los sujetos citados en el presente párrafo puedan ejercer una influencia dominante, ya sea, por razones de propiedad, participación financiera o por tener la facultad de condicionar, de algún modo, la toma de decisiones de los órganos de administración o gestión respectivos. De igual modo quedan excluidos los proyectos u obras financiadas íntegramente por Administraciones públicas; o que tengan un contenido esencialmente publicitario y las de propaganda política; o que hubieran obtenido la calificación de película «X»; o que vulneren o no respeten la normativa sobre cesión de derechos de propiedad intelectual; o que, por sentencia firme, fuesen declaradas en algún extremo constitutivas de delito; y/o producidas por empresas con deudas laborales, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable

Documentos a aportar junto con la solicitud

Ayudas económicas rodajes en la Región de Murcia
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / Original)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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