Atender las solicitudes de información sobre servicios y prestaciones sanitarias recogidas en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, que establece la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS). Además, informar sobre los temas de competencia de la Consejería de Salud, como Salud Ambiental, Seguridad Alimentaria y Zoonosis, Promoción y Educación para la Salud, Epidemiología, Prevención de la Enfermedad y Protección de la Salud, Inspección Médica, Registro Sanitario, etc.
La presentación de solicitudes de información en el ámbito sanitario, se podrá realizar:
La Información general sanitaria y sus procedimientos y servicios puede obtenerse:
1. De forma inmediata:
2. Mediante la cumplimentación de un Formulario web. Se le responderá en el plazo más breve posible.
La Información especializada en el ámbito sanitario y sus procedimientos y servicios puede solicitarse:
Cuando la información no se pueda proporcionar de forma inmediata, se facilitará en el plazo más breve posible.
Se incluyen como temas que son motivo de dar respuesta al ciudadano, entre otros, los siguientes:
La información administrativa sanitaria, en tanto en cuanto no exista norma que la regule, se regirá por el Decreto 236/2010, de 3 de septiembre, de Atención al Ciudadano en la Administración Pública de la Región de Murcia.
Hay que diferenciarla de la información asistencial (documentación clínica), recogida en la Ley 41/2002, 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente. En este caso, cuando un paciente solicita documentación clínica, debe utilizar el procedimiento 136 (solicitud de documentación clínica).
Hay que diferenciarla del procedimiento de información pública, recogido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, recogido en el procedimiento 1307.
Definiciones de interés:
Dirigido a la Ciudadanía, Empresas y Administración
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD (A14022347)
Los establecidos en el Decreto 236/2010, 3 de septiembre, de Atención al Ciudadano en la Administración Pública de la Región de Murcia.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.