Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (código 429) (SIA 206713)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Tramitar las solicitudes de depósito de estatutos y otros documentos, así como realizar el registro (constitutivo) de las organizaciones sindicales y empresariales integradas por empresarios con trabajadores a su cargo.

  • Las organizaciones sindicales y empresariales ADQUIRIRÁN personalidad jurídica y plena capacidad de obrar transcurridos veinte días hábiles desde la solicitud por los promotores o desde la fecha en la que se hubieran subsanado los defectos advertidos por el Registro, en su caso.

  • Los depósitos tienen carácter público y funcionamiento electrónico, pudiendo obtener copia de los estatutos de cualquier organización a petición de parte.

Información de Interés

Las Solicitudes de Depósito han de tramitarse electrónicamente a través del nuevo enlace remitido por el Ministerio:

https://expinterweb.mites.gob.es/deose/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Una vez acceda a la plataforma, en la pestaña "Acciones sin identificación", "Consulta pública",  puede comprobar si su asociación está inscrita en este depósito, seleccionando en el campo autoridad laboral "Región de Murcia" y buscando por alguna de las opciones existentes.

Las Solicitudes de Depósito pueden referirse a:

  • Constitución de sindicatos y asociaciones empresariales
  • Constitución de federaciones y confederaciones.
  • Modificaciones estatutarias.
  • Afiliación o desvinculación de organizaciones sindicales y empresariales de otras de ámbito superior.
  • Fusión e integración de organizaciones sindicales y empresariales.
  • Suspensión y disolución de las organizaciones
  • Designación y renovación de los cargos que ostentan la representación legal de las organizaciones sindicales y empresariales.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Empresarios con trabajadores por cuenta ajena y trabajadores (por cuenta ajena) que deseen constituir una asociación u organización específica, para la defensa de sus intereses sociolaborales de ámbito, únicamente, regional.Si la organización tiene, estatutariamente, ámbito estatal o supraautonómico, el departamento competente será la Dirección General correspondiente en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO (A14046235)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Las Solicitudes de Depósito han de tramitarse electrónicamente a través del nuevo enlace remitido por el Ministerio: 

            https://expinterweb.mites.gob.es/deose/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

  • Presentar solicitud electrónica normalizada, acompañada de los documentos electrónicos que tienen consideración de documentos originales y deben remitirse en formato PDF (salvo acreditación de carencia de medios en cuayo caso deberá adjuntar declaración responsable).

Las solicitudes de depósito deberán contener, en todo caso:

a) Identificación del solicitante, teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.

b) Acreditación de la delegación para presentar la solicitud, en el caso de ser presentada por persona distinta de los promotores o representantes de los órganos de gobierno, mediante alguno de los mecanismos previstos en el artículo 18 del RD 416/2015.

c) La denominación de la organización, incluidas sus siglas o acrónimo, en su caso, que no podrá coincidir ni inducir a confusión con otra legalmente inscrita.

d) El domicilio de la sede social de la organización.

e) El ámbito territorial y funcional de actuación.

f) Número de identificación fiscal. En el caso de no disponer de él, en el momento de la solicitud, una vez obtenido dicho número se comunicará para su constancia.

  • Debe estar en posesión de certificado digital o sistema Cl@ve establecido por la Orden PRE/1838/2014.

  • Para inscribir inicialmente a la asociación deberá aportar copia de TC1 y TC2, u otra documentación que acredite la condición de empresarios de todos los promotores.

  • Junto con la solicitud deberá acompañarse, también por medios electrónicos, la documentación específica en función de cada uno de los actos objeto de depósito.

Para la constitución de la organización se acompañará:

a) Acta fundacional, conteniendo al menos:

1.º Nombre y apellidos de los promotores del sindicato o de la asociación empresarial, domicilio y número de identificación fiscal. En el caso de personas jurídicas, deberá constar el nombre o razón social junto a los datos identificativos de sus representantes.

2.º La denominación del sindicato o de la asociación empresarial, incluidas sus siglas o acrónimo, en su caso, que deberá coincidir con la que figura en el texto de los estatutos.

3.º Lugar y fecha de levantamiento del acta, que deberá estar firmada bien digitalmente o bien en todas sus páginas por los promotores, o por los representantes en caso de personas jurídicas.

4.º La designación de los miembros de los órganos provisionales de gobierno que representan a la organización.

b) Los estatutos aprobados, firmados bien digitalmente o bien en todas sus páginas por los promotores, o por los representantes en caso de personas jurídicas, y deben contener al menos:

1.º La denominación del sindicato o de la asociación empresarial, incluidas sus siglas o acrónimo, en su caso, que no podrá coincidir ni inducir a confusión con otra legalmente registrada.

2.º El domicilio y ámbito territorial y funcional de actuación del sindicato o de la asociación empresarial.

3.º Los órganos de representación, gobierno y administración y sus normas de funcionamiento, así como el régimen de provisión electiva de sus cargos, que habrá de ajustarse a principios democráticos.

4.º Los requisitos y procedimientos para la adquisición y pérdida de la condición de afiliado.

5.º El régimen de modificación de los estatutos, de fusión y de disolución del sindicato o de la asociación empresarial, así como, en este último caso, el destino del patrimonio de la asociación que no desvirtúe el carácter no lucrativo de las organizaciones sindicales y empresariales.

6.º El régimen económico del sindicato o de la asociación empresarial que establezca el carácter, la procedencia y el destino de sus recursos, así como los medios que permitan a los afiliados conocer su situación económica.

7.º La inclusión entre los fines tanto de los sindicatos como de las asociaciones empresariales de los propiamente laborales que los identifican, siendo medios típicos de acción, entre otros, la negociación colectiva laboral, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el diálogo social y la participación institucional en los organismos de las administraciones públicas.

8.º En el caso de las asociaciones empresariales, el sistema de constancia de los asociados en garantía de los mismos.

Los estatutos podrán contener asimismo cualesquiera otras disposiciones y condiciones lícitas

c) En su caso, acreditación de la representación de personas jurídicas.

Para el resto de actos documentados que pueden ser objeto de depósito en la Oficina pública, habrá que estar a los artículos 6 y siguientes del Real Decreto 416/2015.

Requisitos posteriores

Mantener actualizados los datos y el tracto sucesivo de nombramientos.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Plataforma digital específica del Estado
  • Acta
    (Obligatorio / Original)
    Acta fundacional de constitución con los contenidos mínimos señalados.
  • Estatutos
    (Obligatorio / Original)
    Estatutos de la organización o federación
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Consulta de situación laboral en la Seguridad Social (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 20 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Información adicional sobre recursos
Las resoluciones dictadas por la oficina pública competente podrán ser impugnadas directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia