Por causas ajenas a la CARM, aún no es posible realizar la identificación y firma en esta sede electrónica con el DNI electrónico y con certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Sentimos las molestias ocasionadas.
En el marco del programa CAETRA, el Instituto de Fomento de la Región de Murcia diseña este programa de ayudas con la finalidad de incentivar la contratación de servicios de apoyo por parte de las empresas regionales que les permitan obtener certificaciones de sistemas y productos; habilitaciones de seguridad; aseguramiento oficial de la calidad; preparación para el acceso a licitaciones nacionales e internacionales; preparación de solicitudes de financiación de proyectos I+D+I en cooperación; entre otros servicios, siempre que sean necesarios para operar en el ámbito de la defensa, la seguridad y la reconstruccion y desarrollo.
Este procedimiento se tramita en la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Region de Murcia. Puede encontrar más información y el formulario de solicitud pinchando aquí.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas empresas, personas físicas (autónomos) y jurídicas, y comunidades de bienes, con independencia de su tamaño, que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Región de Murcia en el que se desarrollen las actividades subvencionables, que pertenezcan a los sectores de actividad recogidos en el listado de CNAEs elegibles del Anexo I de la Orden reguladora de este programa.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
Los propios del régimen de minimis.
En ningún caso serán subvencionables aquellos costes permanentes o periódicos, ni que formen parte de los gastos de explotación normales de la empresa.
Proyecto no finalizado en el momento de presentación de la solicitud.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.