Cauce para la comunicación de infracciones en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos.
Habrá que presentar una comunicación por cada acta de infracción.
El objeto del presente servicio es el de permitir la remisión al órgano competente para resolver, las denuncias por infracciones de las reguladas en el Decreto-Ley n.º 4/2023, de 23 de noviembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Comunicación de las infracciones en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos en la CARM. Es el medio para que los funcionarios debidamente acreditados, aporten el acta de inspección practicada denunciando una infracción en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos (artículos 3 y 4 del Decreto-Ley 4/2023, de 23 de noviembre)
Puesto que el plazo de prescripción para la resolución de expedientes por infracciones, comienza a computarse desde el momento de la comisión de la infracción que se denuncia. La comunicación debe realizarse lo antes posible.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Mediante Denuncia
Ratificar la denuncia practicada a requerimiento del instructor del expediente sancionador.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.