Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones para prevenir la Violencia contra la Mujer (código 4385) (SIA 3145856)

Información Básica

Objeto:

Subvención dirigida entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones destinadas a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como a la orientación y acompañamiento de víctimas de violencia de género y de cualquier otro tipo de violencia contra la mujer, con fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género en la Región de Murcia.

Información de Interés

El periodo de ejecución de los proyectos subvencionados comprendera desde el 01 de enero al 31 de diciembre del 2024 siendo este periodo improrrogable.

Serán subvencionables a través de la presente convocatoria de subvenciones aquellos proyectos presentados por las entidades referidas en el artículo 3 de la Orden de Bases que tenga implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma y que las actividades realizadas con cargo a esta subvención deberán llevarse a cabo en el territorio de la Región de Murcia.

Los proyectos subvencionables se enmarcan dentro de alguna de las siguentes líneas: 

1. Sensibilización y concienciación.

2. Prevención.

3. Asistencia, acompañamiento y recuperación. 

Se presentará una solicitud por cada proyecto a desarrollar con su correspondiente memoria.

Toda la información relativa a este procedimiento se notificará mediante la publicación en la página web de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, en el apartado "Aréas tematicas", "Ayudas y subvenciones" en el apartado "Subvenciones de la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género a la que puede acceder a través de la siguente dirección: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=73820&IDTIPO=100&RASTRO=c889$m71782,73591Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Entidades privadas sin ánimo de lucro con sede en la Región de Murcia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE MUJER Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO (A14028749)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

a) Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyos estatutos recojan entre sus fines u objeto social la sensibilización, formación, prevención, atención, emergencia, apoyo, recuperación, acompañamiento o inserción socio-laboral de mujeres en situación de vulnerabilidad y/o víctimas de cualquier tipo de violencia contra la mujer.

b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

c) Estar legalmente constituidas, al menos con un año de antelación a la publicación de la correspondiente convocatoria.

d) No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas

f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.

Estos requisitos deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto los incluidos en el apartado e), que deberán quedar acreditados con anterioridad a la fecha de la propuesta de resolución de concesión.

Requisitos posteriores

La justificación de la actividad subvencionada se presentará en un plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de las intervenciones subvencionadas.

La Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención se presentará hasta el 15 de febrero de 2025.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones para prevenir la Violencia contra la Mujer
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Memoria explicativa del proyecto Anexo I
  • Estatutos
    (Obligatorio / No original)
    Estatutos debidamente legalizados y actualizados
  • Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de la inscripción en el Registro legal correspondiente excepto las Asociaciones inscritas en el registro de la CARM.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que sea la primera vez que aporta este N.º de cuenta a la CARM, deberá adjuntar Certificado de titularidad.
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones para prevenir la Violencia contra la Mujer   [Fuera de plazo: 11-10-2024 – 31-10-2024]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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