Por tareas de mantenimiento, entre las 08:00 y las 08:45 horas del día 17/12/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Parque Móvil Regional, Educación y formularios genéricos de esta sede podrán estar temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Con la publicación del Real Decreto 364/2023, se requiere la existencia de un veterinario que se encarge de diseñar un Plan sanitario integral, de verificar su adecuada implantación, asesorando al ganadero en las diferentes materias, y llevar a cabo una supervisión de la situación sanitaria del ganado a través de la realización de visitas zoosanitarias. Por ello, es necesario la creación del Registro de veterinarios de explotación ganadera.
La sanidad animal ha sufrido una profunda transformación en los últimos años, basándose en el lema «más vale prevenir que curar», resultando imprescindible abordar la sanidad animal desde la perspectiva one health («una sola salud»).
Así mismo, la normativa en materia de sanidad animal tanto europea como nacional prevé la necesidad de que en los establecimientos que alberguen animales se lleven a cabo visitas zoosanitarias por parte de un veterinario con una frecuencia basada en el riesgo que presente el establecimiento.
Estas visitas zoosanitarias incluirán un seguimiento sobre el cumplimiento en la explotación de los aspectos para reducir el uso de antibióticos, y prestará especial atención a la detección de cualquier signo clínico indicativo de la aparición de una enfermedad o cualquier otra patología existente en la explotación.
Por ello, el Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas, establece la obligatoriedad de que todas las explotaciones dispongan de los servicios de una persona que tenga la condición de veterinario de explotación.
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)
Ser veterinario, titular de explotación, ADS, Integradora o Empresa veterinaria
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.