Programa de Asistencia Material Básica (FS+2021/2027). Fase Transitoria. (código 4416) (SIA 3115000)

Información Básica

Objeto:

El Programa Básico tiene como objetivo responder a la necesidades de asistencia material básica de familias con menores a cargo, en situación de pobreza severa.

Las personas que cumplan los requisitos y siempre que exista crédito suficiente, serán derivadas a Cruz Roja Española, entidad que se encargará en esta fase transitoria de la entrega de una tarjeta para comprar alimentos y productos de higiene. Este programa incluye medidas de acompañamiento dirigidas a la inclusión social de las personas beneficiarias, a  propuestas desde Servicios Sociales de Atención Primaria y seguimiento de las mismas.

 

 

 

 

Información de Interés

Si es usted beneficiario de alguna de estas prestaciones económicas o ayudas  (Pensión no Contributiva,  Renta Básica de Inserción, Ingreso Mínimo Vital o Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social) en el momento de la solicitud.y cumple con los requisitos establecidos, su solicitud se trasladará al Centro de Servicios Sociales que le corresponda para que procedan a valorar si su unidad familiar cumple con los requisitos establecidos  en el programa en cuanto a su composición familiar e ingresos.

Se considera la unidad familiar a la formada por todas las personas que residen en el mismo domicilio y que están unidas con la persona solicitante por alguna de estas circunstancias: matrimonio, pareja de hecho, aquellas que aunque no tengan vínculo de parentesco, convivan de forma continuada con interdependencia económica y funcional;  familiares de hasta segundo grado (padres, suegros, hijos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos), así como a menores en situación de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. 

NO ES NECESARIO QUE SOLICITE CITA PREVIA NI QUE ACUDA A SU CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES. Si fuera necesario se pondrán en contacto con usted. 

Para más información sobre el Programa Básico, requisitos, normativa y desarrollo puede acceder al blog IMAS apartado ¿Qué es el Programa Básico y qué requisitos tengo que cumplir?Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personas beneficiarias de una Pensión no Contributiva, Renta Básica de Inserción, Ingreso Mínimo Vital o Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social que solicitan que se valore su composición familiar y nivel de ingresos económicos en relación al cumplimento de los requisitos establecidos en el Programa Básico para su derivación al Programa siempre que exista disposición de crédito.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 05/06/2024 hasta 15/07/2024

Del 5 de junio al 15 de julio de 2024, ampliable en el caso de que a la fecha de finalización del plazo de presentación, se dispusiera de crédito para dar cobertura a más derivaciones de familias. 

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, TERCER SECTOR Y GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD (A14028750)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Requisitos para poder ser titular de la ayuda:

  • Ser mayor de 18 años, o menor legalmente emancipado.
  • Disponer de DNI/NIE en vigor.
  • Convivir y tener a su cargo al menos un/a hijo/a menor de edad, menor tutelado o en régimen de acogimiento familiar.
  • Estar empadronado/a o, en su defecto, acreditar la residencia efectiva en el municipio en el que se realiza la solicitud.
  • Ser beneficiarios de una ayuda y/o prestación económica (Pensión no Contributiva,  Renta Básica de Inserción, Ingreso Mínimo Vital o Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social) en el momento de la solicitud.
  • Que la unidad de convivencia tenga unos ingresos por unidad de consumo, en función del número de miembros, inferior al 40% de la renta mediana nacional.
  • Aceptar y facilitar el seguimiento de la ayuda.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD PARA LA VALORACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+ EN SU FASE TRANSITORIA.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Debe añadir OBLIGATORIAMENTE a la solicitud el anexo SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA BÁSICO debidamente cumplimentado.
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Servicio de Consulta del histórico de residencia y convivientes (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada DIRECTOR/A GENERAL SERV.SOC,TERC, SECT.Y GEST DIV

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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