Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del martes día 21/05/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Ayudas cofinanciadas por el FEDER para el impulso al desarrollo de las ciudades y territorios inteligentes (código 4426) (SIA 3057186)

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Información Básica

Objeto:

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a municipios de la Región de Murcia, para el desarrollo, ejecución y puesta en marcha de iniciativas de desarrollo inteligente mediante la utilización de las TIC, con la finalidad de impulsar la transformación inteligente de los mismos en beneficio de la ciudadanía, evitando el aumento de la brecha digital.

Estas ayudas están dirigidas a Ayuntamientos de la Región de Murcia para los siguientes tipos de actuaciones:

1. Sensórica: Adquisición, instalación, puesta en marcha e integración de dispositivos inteligentes (sensores) compatibles con los protocolos estándar de intercambio de información de la Plataforma SmartRegion de la CARM.

2. Comunicaciones: Adquisición, instalación, puesta en marcha e integración del equipamiento que soporte la red de comunicaciones desde los sensores hasta su interconexión a través de Internet con la Plataforma SmartRegion, siempre que no se supere el límite establecido en el artículo 7.2 de la Orden de bases.

3. Publicidad: Gastos de comunicación y visibilidad destinados a difundir el proyecto y la cofinanciación de la ayuda, siempre que no se supere el límite establecido en el artículo 7.2 de la Orden de bases.

Información de Interés

La presentación de las solicitudes, dirigidas al Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, deberá realizarse por vía telemática a través del “Formulario de solicitud genérica”, disponible en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es Procedimiento 4426.

Junto con la cumplimentación de la solicitud genérica disponible en la Sede electrónica de la CARM, se deberá adjuntar la documentación requerida en el artículo 10 de la Convocatoria.

Se admitirá un máximo de 3 solicitudes por municipio participante. Cada proyecto requiere una solicitud específica que identificará el orden de prioridad que el municipio designe para dicha solicitud/proyecto, de 1 a 3. La prioridad de cada proyecto es un dato obligatorio de cada solicitud.

Previamente a la solicitud de la subvención, los Ayuntamientos deberán saber encuadrar las actuaciones que conforman los proyectos que presentan con arreglo a lo indicado en el artículo 1.3 de la Convocatoria, y cada actuación de tipo “Sensórica” deberán saber asociarla de forma correcta a una y sólo una de las verticales existentes en la Plataforma SmartRegion, relacionadas en la tabla codificada del artículo 4 de la Convocatoria.

En caso de presentar varias solicitudes, los proyectos presentados no podrán estar destinados a cubrir idéntica vertical, puesto que se entenderá que se ha realizado una ampliación de una misma propuesta. Deberán ser solicitudes diseñadas con el objetivo de cubrir necesidades y servicios diferentes.

La cuantía individual máxima a conceder por cada solicitud será de 30.000 euros. En concreto, respecto a los tres tipos de actuaciones descritas en el artículo 1.3, las de tipo “Sensórica” no disponen de límite dentro de la cuantía máxima fijada de 30.000 euros, sin embargo, aquellos gastos referidos a la red de comunicaciones, no podrán superar la cuantía máxima de 3.000 euros, mientras que aquellos gastos relacionados con actuaciones de comunicación y visibilidad no podrán superar el 10% de la suma de gastos que resulten subvencionables del proyecto en la concesión, estando limitados a un máximo de 3.000 euros.

Destinatarios:

Administración.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 09/05/2024 hasta 07/06/2024

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL (A14036680)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1.- Podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas los Ayuntamientos de la Región de Murcia.

2.- Los Ayuntamientos solicitantes deberán presentar un proyecto cuyo objeto se adecúe a lo establecido en el artículo 1 y artículo 4 de la Convocatoria.

3.- El beneficiario deberá disponer de la suficiente capacidad administrativa, financiera y operativa para la realización del proyecto subvencionado.

4.- Deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

5.- No podrán resultar beneficiarias las entidades solicitantes en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, en cuanto les resulten de aplicación.

6.- El beneficiario deberá asumir de forma expresa el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia (Anexo I de la Orden de Bases reguladoras).

Requisitos posteriores

Artículo 8. Obligaciones de los beneficiarios

  1. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control de conformidad. Dichos documentos deberán ser conservados en el nivel adecuado durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento UE 1060/2021.
  2. Adoptar las medidas necesarias para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades subvencionadas en los términos establecidos en el artículo 21 de la Orden de Bases.
  3. Al tratarse de una actuación cofinanciada con fondos FEDER, el beneficiario deberá cumplir lo establecido en los artículos 47 y 50 y el Anexo IX del Reglamento UE 1060/2021. Cuando realice actividades de visibilidad, transparencia y comunicación relacionadas con la actuación, destinadas al público o los participantes (en medios de comunicación o redes sociales, conferencias, seminarios, etc.), en todos los materiales de comunicación, tanto productos impresos como digitales (folletos, carteles, presentaciones, videos, sitios web y sus versiones móviles, etc.), así como en cualquier infraestructura, equipo, suministro o resultado importante financiado con la subvención, deberá mostrar los siguientes elementos de publicidad:
    1. Emblema de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    2. Declaración de financiación “Cofinanciado por la Unión Europea”, escrita sin abreviar, y utilizando uno de los tipos de letra y detalles técnicos establecidos en el citado Anexo IX.
    3. Emblema de la Unión Europea.
  4. El beneficiario deberá reconocer la ayuda del fondo FEDER haciendo una breve descripción de la operación en su sitio web oficial, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en las redes sociales, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacará la ayuda financiera de la Unión, exhibiendo en todo caso los elementos de publicidad descritos.
  5. El beneficiario deberá exhibir en un lugar visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los Fondos, incluyendo en todo caso los elementos de publicidad descritos.
  6. La concesión de la ayuda económica de esta actuación lleva implícita la aceptación del beneficiario de aparecer en la correspondiente lista de operaciones de FEDER, prevista en el artículo 49 del Reglamento UE 1060/2021.
  7. Se deberá obtener y conservar constancia documental de todas las actividades de difusión que se realicen durante todo el periodo de ejecución del objeto de la subvención así como las actuaciones y proyectos en torno al mismo, a través de fotografías o documentos gráficos que acrediten el adecuado cumplimiento de las obligaciones en cuanto a la mención expresa a la cofinanciación con fondos comunitarios FEDER y de la CARM, y la inclusión de los correspondientes emblemas y declaración, tal como se indica en el apartado 3.
  8. Cumplimentar los resúmenes de información y publicidad sobre las actuaciones, proyectos y eventos objeto de la subvención en la forma que sea indicada por el órgano instructor.
  9. Mantener la inversión, objeto de subvención, en servicio durante al menos cinco años a partir del pago final al beneficiario, de conformidad con el artículo 65 del Reglamento UE 1060/2021, comunicando al órgano concedente cualquier baja, modificación, cambio de titularidad, ubicación o características técnicas de las mismas, a los efectos de la comprobación del cumplimiento de la finalidad y mantenimiento de los términos de concesión de la ayuda, pudiendo determinarse en caso de que proceda el reintegro de la subvención percibida.
  10. Comunicar al órgano concedente la existencia de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva, que afectase a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención, así como la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se tenga conocimiento de ello, procediendo en ese caso en los términos establecidos en el artículo 4 de la Orden de Bases.
  11. El beneficiario estará obligado a facilitar la información sobre los indicadores necesarios para la medición del impacto y los recursos de la actividad.
  12. Los beneficiarios estarán obligados a suministrar toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones en publicidad activa que establece la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos de los artículos 7 y 18 de la misma, con los límites establecidos en el artículo 25.
  13. Los beneficiarios serán responsables de los gastos y tutela de todas las actividades que no estén incluidas en las actuaciones del artículo 1 de la Orden de Bases.
  14. El ayuntamiento solicitante deberá proveer la figura de responsable de servicio, que deberá garantizar que el sistema permanezca operativo. En la memoria técnica, deberá figurar los datos identificativos del responsable de servicio: nombre, correo electrónico, teléfono de contacto. El responsable del servicio tendrá como responsabilidades:
  • Actuar como persona de contacto para todos los temas relacionados con el proyecto desplegado por el municipio, sean estos de naturaleza técnica, legales o de cualquier otra índole.
  • Tutelar por el cumplimiento de los acuerdos de nivel de servicio.
  • Auditar los datos resultantes de la plataforma.
  • Atender a reuniones o realizar informes periódicos para analizar de manera objetiva el resultado de la iniciativa.
  • Coordinar con los responsables de su municipio, los resultados de la plataforma, para una toma de decisiones más eficiente.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD DE AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FEDER PARA EL IMPULSO AL DESARROLLO DE LAS CIUDADES Y TERRITORIOS INTELIGENTES
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    Anexo I. Solicitud específica de ayuda
  • Ficha técnica
    (Obligatorio / Original)
    Anexo II. Ficha técnica y ficha económica
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Anexo III. Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio DNSH
  • Memoria técnica
    (Obligatorio / Original)
    Anexo IV. Memoria técnica
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / No original)
    Anexo V. Certificado acreditativo del NIF de la entidad, expedido por la AEAT
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Anexo V. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria expedido por la entidad financiera
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    Anexo V. Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano municipal competente, o de representación, de la entidad solicitante, firmado de forma electrónica, en el que, de forma expresa, se aprueben: a) La participación y aceptación de cumplimiento de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Orden de Convocatoria de ayudas y su Orden de Bases (Art 10.4.3 Convocatoria)
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    Anexo V. Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano municipal competente, o de representación, de la entidad solicitante, firmado de forma electrónica, en el que, de forma expresa, se apruebe: b) Las actuaciones que componen el proyecto y la dotación presupuestaria para llevarlo a cabo, incluyendo la cantidad solicitada de la ayuda, según la solicitud presentada y finalidad concreta, argumentando la necesidad e interés general de la misma. (Art 10.4.3 de Convocatoria)
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    Anexo V. Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano municipal competente, o de representación, de la entidad solicitante, firmado de forma electrónica, en el que, de forma expresa, se apruebe: c) La existencia de crédito adecuado y suficiente, o del compromiso de habilitarlo, para la realización del gasto presupuestado del proyecto en la solicitud. (Art 10.4.3 de Convocatoria)
  • Presupuesto de gastos del proyecto
    (No obligatorio / Original)
    Anexo VI. En su caso, documentación relacionada con la contratación de servicios o suministros por contrato menor. (Art 10.6 de Convocatoria)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia