Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 8:00 horas del lunes día 05/05/2025, no estará disponible la Pasarela de Pagos de la CARM.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Subvenciones para favorecer la promoción internacional de las empresas la Región de Murcia, en el marco del Plan de Internacionalización Empresarial 2023-2027, mediante la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales y misiones comerciales, al amparo del Programa específico previsto en el Anexo I de las Bases Reguladoras, y destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto, salvo para la participación en ferias comerciales.
Podrá encontrar toda la información sobre este programa de ayuda, sus convocatorias y sus plazos de presentación, así como el formulario para solicitar la ayuda para cada Mision o Feria, en la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.
Nota: este procedimiento no se tramita a través de la Sede Electrónica de la CARM. Para su tramitación deberá acceder a la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia mediante el siguiente enlace: https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto/
Para PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y según sectores autorizados en cada convocatoria.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
La solicitud será previa a la realización de la acción subvencionada.
Para misiones directas e inversas: no ser exportador habitual en el mercado de destino excepto que se trate del lanzamiento de nuevos productos o servicios.
Abonar la cuota de inscripción con carácter previo a la realización de la acción.
Tramitación y notificación electrónica exclusivamente
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.