Subvenciones de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) (código 4463) (SIA 3150823)

Información Básica

Objeto:

 El objetivo de esta subvención es otorgar ayudas económicas a personas que tengan diagnóstico de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) para la financiación de gastos de determinados servicios, adquisición de instrumentos o ayudas especializadas establecidas en cada convocatoria y que no están cubiertos o no suficientemente atendidos por ninguna otra entidad pública o privada.

Esta subvención es de carácter no periódico, y será otorgada por una sola vez durante el ejercicio económico,

Información de Interés

Subvención consistente en aportaciones económicas de carácter social que se conceden a las personas diagnosticadas de ELA para contribuir en la financiación de los gastos que van surgiendo durante la evolución de la enfermedad.

Subvención sujeta a convocatoria. Caracter anual, para gastos previstos o ya realizados durante el año en curso.

En 2024 la cuantía total máxima de la subvención asciende a 300.000 € ,de los cuales  225.000 € se destinarán para gastos corrientes (servicios asistenciales o transporte o alquiler) y 75.000 € para gastos de capital (adquisición de productos ortoprotésicos). Se establece un importe máximo por persona de 10.000€. Si  el crédito consignado no fuera suficiente para atender a todas las solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación, se procederá al prorrateo del crédito disponible entre las solicitudes presentadas, merecedoras de la concesión.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G. PERSONAS CON DISCAPACIDAD (A14013938)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  1. Estar diagnosticadas de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  2. Estar empadronada en alguno de los municipios de la Región de Murcia con una antelación mínima de dos meses a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se mantenga en esta circunstancia hasta el fin del plazo de justificación.
  3. En el supuesto de que la persona solicitante sea extranjera no comunitaria deberá disponer de permiso de residencia en vigor.
  4. En el supuesto de que la persona solicitante tenga la condición de refugiada deberá acreditar dicha condición.
  5. Que el gasto por el que se solicita la subvención se haya ocasionado durante 2024.
  6. No haber sido beneficiaria en los dos años anteriores de otras subvenciones por adquisición de material para idéntica finalidad, excepto cuando la situación de necesidad objeto de la solicitud sea acreditada documentalmente y aceptada previamente por el órgano instructor.
  7. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
  8. No estar incursa en las circunstancias que impiden la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Subvenciones a personas con diagnóstico de ELA
  • Informe médico
    (Obligatorio / No original)
    Informe médico acreditativo del diagnostico de ELA del solicitante
  • Certificado de cuenta bancaria
    (No obligatorio / No original)
    Copia del documento bancario en el que conste el IBAN (24 dígitos) y la persona/entidad perceptora figure como titular de la cuenta, debiendo constar en este documento el número DNI/NIE/CIF. Aportar sólo en el caso que sea la primera vez que comunica este numero de IBAN a la CARM.
  • Documentación justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Presupuesto detallado, facturas u otros documentos justificativos de gasto, de todos los conceptos objeto de la subvención solicitada.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el supuesto de que exista representante legal: Copia de la sentencia en la que se establezcan medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica o poder notarial.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Permiso de residencia en vigor o certificado de condición de refugiado del Ministerio del Interior.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Subvenciones a personas con diagnóstico de ELA   [Fuera de plazo: 15-10-2024 – 28-10-2024]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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