Designación de vocales de Consejos Asesores Sectoriales de Servicios Sociales de la Región de Murcia (código 4509) (SIA 3156750)

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Información Básica

Objeto:

Procedimiento para la Designación de los vocales de los Consejos Asesores Regionales de carácter sectorial de Servicios Sociales mediante elección en Asamblea entre pares integrada por los representantes desigandos por aquellas personas jurídicas que  tuviesen inscrito, en el "Registro de Centros de Entidades, Centros y Servicios Sociales" un servicio social del correspondiente Consejo Sectorial,  (Personas Mayores, Personas con Discapacidad, Infancia y Familias, Minorías Étnicas) conforme al Decreto 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el Registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.

La regulación de los consejos sectoriales y su renovación se hace conforme al Decreto 95/2004, de 24 de septiembre, por el que se crean y regulan los Consejos Asesores Regionales de carácter sectorial de servicios sociales (Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 229, de 1 de octubre de 2004)

Información de Interés

La designación de los vocales  será promovida desde la Consejería competente en materia de Política Social, de conformidad con lo establecido en los artículos siguientes.

La Dirección General competente en materia de Política Social elaborará relaciones comprensivas de las entidades, centros y servicios sociales de la Región de Murcia, que tuvieren anotado el servicio social del correspondiente Consejo Sectorial, en la fecha de la Orden del Excmo. Sr. Consejero competente en la materia en la que se anuncie la apertura del proceso de designación de vocales.

 En los dos meses siguientes a la fecha citada en el párrafo  anterior, la Consejería competente en materia de Política Social, instará a las entidades a que se refiere aquel artículo a designar, mediante Asamblea, a sus representantes en el correspondiente Consejo Sectorial. A tal fin, se presentarán distintas candidaturas y se elegirán en el mismo acto a los representantes a través de una votación libre, directa y secreta.

Tras su celebración, mediante acta, se dejará constancia de los participantes, asociaciones a las que representan y resultado de las votaciones.

En el mes siguiente a la designación del conjunto de vocales se convocarán sesiones de constitución o, en su caso, de renovación general.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Son destinatarias las Personas Jurídicas que figuren inscritas, en el "Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales", en la tipología o Epígrafe correspondiente a cada uno de los Sectores de Servicios Sociales como titulares de un centro, o servicio de atención especializada en dicho epígrafe.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

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Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Figurar inscrita, a la fecha de la "Orden de Apertura del Proceso de Designación de Vocales" , en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, en la tipología del sector de Personas Mayores (Epígrafe D0). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 95/2004, 

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de participación en el proceso de designación de los vocales representantes de las entidades que integran los consejos asesores regionales de carácter sectorial de servicios sociales

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud de participación en el proceso de designación de los vocales representantes de las entidades que integran los consejos asesores regionales de carácter sectorial de servicios sociales   [En plazo: ]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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