El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Presentación ante la Administración Pública de la Región de Murcia, de facturas en formato papel (presencialmente en los registros administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia -en adelante CARM-), y formato electrónico (en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y seguimiento del estado de tramitación de las facturas.
Dónde:
- Los proveedores no obligados a la emisión de factura electrónica, podrán presentarla presencialmente en alguno de los puntos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 y en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro.
- Los proveedores obligados a la emisión de facturas electrónicas, deberán presentarlas a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, en el enlace siguiente http://www.facturae.gob.es
Plazo:
En el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.
Seguimiento de la tramitación de las facturas presentadas:
El proveedor que haya presentado la factura en papel o documento sustitutivo, de manera presencial, ante las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro, podrá hacer un seguimiento telemático de la tramitación de la misma; para ello, puede acceder, a partir del día siguiente a su presentación, a la Sede electrónica de la CARM y seguir la ruta: Consultas > Cómo va lo mío, en el campo “Procedimiento” elegir en el desplegable el procedimiento “0452 – Registro de facturas o documentos equivalentes”.
Si dispone de certificado digital, se podrá consultar todos los expedientes asociados al NIF titular del mismo. En el caso de no disponer de certificado digital, se podrá realizar la consulta, introduciendo en el campo “Expediente”, el número de registro telemático indicado en el “Ejemplar para el interesado”, del comprobante de presentación de facturas y en el campo “Contraseña”, se ha de indicar el NIF del proveedor.
Los proveedores que hayan presentado facturas electrónicas, podrán hacer el seguimiento en http://www.facturae.gob.es
Todos los proveedores, sea cual sea su naturaleza jurídica, que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública de la Administración Regional de la CARM.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPRESA
INTERVENCIÓN GENERAL (A14036656)
Entes destinatarios:
Formato de presentación de las facturas:
Todos los proveedores, sea cual sea su naturaleza jurídica, que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir la factura electrónica (art. 4 de la Ley de Factura Electrónica -LFE-).
Las entidades incluidas en el articulo 4.1 de la LFE, están obligadas a presentar factura electrónica en el Punto General de Entrada de Factura Electrónica, a través del Portal FACe. Cuando el importe de la factura sea de hasta 5.000 €, podrán optar entre emitir factura en papel o electrónica.
Las entidades no enumeradas en el artículo 4.1 de la LFE, podrán elegir el formato de facturación, independientemente del importe.
Las entidades que opten por la presentación en papel, deberán presentarlas en cualquiera de los puntos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Documento a presentar | Sujetos incluidos en Artº 4.1 LFE | Sujetos no incluidos en Artº 4.1 LFE |
Factura electrónica de hasta 5.000 Euros | Voluntario | Voluntario |
Factura electrónica de más de 5.000 Euros | Obligatorio | Voluntario |
Factura papel de hasta 5.000 Euros | Voluntario | Voluntario |
Factura papel de más de 5.000 Euros | La presentación no tiene validez | Voluntario |
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.