Reclamación previa a la vía jurisdiccional social en materia de servicios sociales (código 4551) (SIA 3164373)

Información Básica

Objeto:

Tramitar las reclamaciones administrativas previas a la vía jurisdiccional en el orden social, en materia de servicios sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 2.o) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Información de Interés

Son recurribles las cuestiones referidas a:

- Aquellas prestaciones de protección social establecidas por la CARM, dirigidas a garantizar recursos económicos suficientes para la cobertura de las necesidades básicas y a prevenir el riesgo de exclusión social de las personas beneficiarias.

- Las cuestiones litigiosas relativas a la valoración, reconocimiento y calificación del grado de discapacidad.

- Las cuestiones litigiosas sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y prestaciones económicas y servicios derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS) (A14013937)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

Reclamación previa a la vía jurisdiccional social en materia de servicios sociales
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Según modelo disponible en modelos para presentación
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Todo lo que el interesado estime conveniente en defensa de su pretensión

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 45 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Normativa

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