Reclamación previa a la vía jurisdiccional contra resolución denegatoria de:
- Reintegro de gastos sanitarios en situaciones de riesgo vital.
- Prestación ortoprótesica del SMS.
- Desplazamiento y estancia derivada de la asistencia sanitaria.
Previo a acudir a la vía jurisdiccional (ejercicio de un derecho ante los tribunales), se puede presentar reclamación ante el director gerente del SMS contra la resolución administrativa dictada y notificada o acto de trámite cualificado notificado en la que se deniegan las siguientes ayudas:
Actos de trámite cualificados. Son aquellos actos de trámite que deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos
La administración deberá notificar al interesado el sentido de la Resolución de la reclamación en el plazo de 45 días. En caso contrario la reclamación se entenderá denegada por silencio administrativo.
Usuarios del Servicio Murciano de Salud.
La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de 30 días a contar desde la fecha:
- De notificación expresa de la resolución o del acto de trámite cualificado.
- En la que se producido el silencio adminstrativo denegatorio.
S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD (A14004326)
Haber obtenido Resolución denegatoria a la solicitud de:
- Reintegro de gastos sanitarios en situaciones de riesgo vital, o
- Prestación ortoprotésica del SMS, o
- Desplazamiento y estancia derivada de asistencia sanitaria.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD