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Subvenciones a Corporaciones Locales y entidades sin fin de lucro para adquisición, remodelación y equipamiento de centros de día y de promoción de la autonomía personal (código 4612) (SIA 3184364)

Información Básica

Objeto:

Subvención a  Corporaciones Locales y entidades sin fin de lucro para la adquisición,  remodelación y equipamiento para la prestación del servicio de centros de día y de promoción de la autonomía personal del sector de Personas con Discapacidad.

Información de Interés

- Correo para consultas: subvencionesdiscapacidad-imas@listas.carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (en el asunto se deberá hacer referencia a subvenciones MRR.)

- Página webCARM.es - Fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y ResilienciaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Se establecen dos líneas de subvención, A (dirigidas a corporaciones locales) y B (dirigidas a entidades sin fin de lucro).

En cada una de las líneas los programas objeto de financiación consistirán en: 

    Programa 1: Adquisición de bienes inmuebles (incluido equipamiento).

    Programa 2: Remodelación de bienes inmuebles (incluido equipamiento).

Cuando se trate de remodelación de centros, será requisito indispensable que el inmueble no cuente con convenio o concierto social para la prestación del servicio de centro de día o de SEPAP con la administración regional.

Cuantía de las subvenciones:

- Las subvenciones que se otorguen podrán atender total o parcialmente el importe del proyecto, en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración.

- El importe máximo que podrá solicitarse para la realización de cada programa sera: 

        Adquisición de bienes inmuebles: 218.000€

        Remodelación de bienes inmuebles 84.000€

- Serán gastos subvencionables los costes de adquisición del equipamiento necesario para la puesta en uso, siempre que forme parte de un proyecto de adquisición y/o remodelación de un inmueble.

- El plazo de ejecución de la actividad comprenderá  desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 31 de mayo de 2026, siempre que en el proyecto presentado por la entidad no se prevea un plazo de ejecución inferior.

- Las subvenciones reguladas en la Orden de 9 de abril serán compatibles con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales excepto de la Unión Europea.

- Las entidades beneficiarias están obligadas a justificar, ante el Instituto Murciano de Acción Social, la aplicación de los fondos percibidos en el plazo de un mes tras la finalización del plazo de ejecución de la subvención correspondiente.

- La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se hará en forma de cuenta justificativa del gasto realizado con aportación de informe de auditor y se realizará ante la Dirección General de Personas con Discapacidad, mediante la presentación en sede electrónica de la documentación especificada en la correspondiente convocatoria.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Corporaciones locales, instituciones sin fin de lucro, así como federaciones o agrupaciones con personalidad jurídica acreditadas que desarrollen actividades en materia de servicios sociales dentro del sector de personas con discapacidad

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G. PERSONAS CON DISCAPACIDAD (A14013938)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones: 

a) Para la línea de subvención A: las corporaciones locales inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia autorizadas para la realización de actuaciones en el área de las personas con discapacidad.

b) Para la línea de subvención B: las entidades sin fin de lucro inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia autorizadas para la realización de actuaciones en el área de las personas con discapacidad.

c) No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Serán causa de denegación:

  1. Que la entidad no cuente con el Plan de Igualdad que en su caso sea obligatorio por contar con más de 50 trabajadores (art. 1.1 y art. 1.3 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación).
  2. Que la entidad no cuente con al menos un 2% de trabajadores con discapacidad que en su caso sea obligatorio por contar con más de 50 trabajadores (art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).

Para más información consultar el artículo 5 de la Orden de Bases de 9 de abril de 2025 (BORM de 12 de abril de 2025)

Requisitos posteriores

Serán obligaciones de las beneficiarias las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 7/2005, de 18 de noviembre de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de Bases ( BORM de 12 de abril de 2025). 

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en los plazos y términos previstos en la Orden de 9 de abril  y en la convocatoria.

c) Cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 34.1, del Decreto de 3/2015 de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de control financiero que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como nacionales y comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en orden a verificar la afectación del bien a su fin, así como la correcta ejecución de los proyectos subvencionados.

e) Comunicar de inmediato, incluso durante la tramitación de la solicitud, al órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquier modificación de las condiciones que puedan determinar la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda. La no comunicación de estas modificaciones será causa suficiente para el inicio de un expediente de reintegro de las cantidades que pudiera haberse cobrado indebidamente.

f) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

g) Mantener una contabilidad adecuada para todas las operaciones económicas relacionadas con las actuaciones objeto de subvención que permitan identificar claramente su trazabilidad.

h) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la beneficiaria en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, en formato electrónico, durante un periodo de cinco años a partir de la operación, y en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

j) Someterse a la normativa reguladora de los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por el órgano concedente con la finalidad de justificar adecuada y suficientemente el cumplimiento de los objetivos financiados. Además, deberá suministrar información sobre los datos del perceptor final de los fondos, cuando no sea el mismo, y de los contratistas y subcontratistas en el caso de que el perceptor final sea un poder adjudicador. En concreto, entre las obligaciones de los beneficiarios que han de identificar a los contratistas y subcontratistas se aportará:

  • NIF del contratista o subcontratistas.
  • Nombre o razón social.
  • Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
  • Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personal y garantía de los derechos digitales.
  • Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
  • Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.

 k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la presente Orden y demás normativa de aplicación.

l) Inscribir los bienes inmuebles financiados mediante las subvenciones reguladas por la presente Orden en el inventario municipal y/o  el Registro de la Propiedad, según corresponda, según lo recogido en el párrafo segundo del artículo 31.4.a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

m) Inscribir los bienes muebles financiados mediante las subvenciones regulada por la presente Orden en el inventario municipal, en el caso de subvenciones a corporaciones locales.

n) Mantener destinados al uso previsto durante al menos treinta años los bienes inmuebles financiados mediante las subvenciones reguladas por la Orden de 9 de abril. A este respecto, se aplicará lo establecido en el artículo 31.5.b) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

ñ) Mantener destinados al uso previsto los bienes muebles financiados mediante las subvenciones reguladas por la Orden de 9 de abril, durante al menos diez años en el caso de equipamiento y de cuatro años en el caso del equipamiento informático, o el fin de su vida útil, con obligación de reponerlos en caso de pérdida de utilidad.

o) Las establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en especial pero no de forma excluyente lo referido a los Planes Antifraude. Para las Corporaciones locales, además, las establecidas en la Orden HFP 1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

- La entidad beneficiaria se compromete, con la aceptación de la subvención, a aportar la cofinanciación necesaria para cubrir la totalidad del proyecto si el importe de la subvención no alcanzara dicha cuantía, ya sea con fondos propios o con otras fuentes de financiación que sean compatibles con esta subvención.

-  La entidad se compromete, con la aceptación de la subvención, a ejecutar el proyecto presentado en el plazo indicado en el artículo 17.1 de la Orden de bases de 9 de abril.

- La entidad se compromete, con la aceptación de la subvención, a proporcionar los datos que se le soliciten por el órgano concedente para verificar el cumplimiento de los hitos intermedios y la calendarización de cada proyecto.

- La entidad se compromete, con la aceptación de la subvención, a conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales y regionales competentes ejerzan sus competencias.

- La entidad se compromete, con la aceptación de la subvención, a adoptar todas las medidas necesarias y aplicar los principios éticos más exigentes para prevenir cualquier riesgo de fraude, corrupción o conflicto de intereses. Igualmente se compromete a denunciar cualquier hecho constitutivo de fraude, corrupción o conflicto de interés ante las autoridades competentes.

- De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, tanto la Administración regional como la Administración General del Estado, así como los órganos que se contemplan en el citado artículo, podrán acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales creado por Orden JUS/319/2018, así como a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar los datos previstos sobre los titulares reales. Asimismo, se producirá la cesión de información necesaria entre estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable.

- La entidad se compromete a firmar un compromiso expreso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (disponible en el siguiente enlace: https://datosabiertos.carm.es/odata/Difusion/docs/codigo_conducta_subvenciones_CARM.pdfAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica), que se incluirá en la solicitud de subvención.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de subvenciones dirigidas a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para la adquisición, remodelación y equipamiento de centros para la prestación de los servicios de centro de día y de promoción de la autonomía personal del sector de personas con discapacidad.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Documentación fase inicial. Solicitud anexada según modelo publicado
  • Proyecto
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Anexo 1 Proyecto. Las entidades solicitantes deberán presentar junto a la solicitud la documentación que se determine en la resolución de convocatoria correspondiente.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 1 Declaración responsable de cumplimiento de los principios y normas de conducta en materia de subvenciones
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 2 DACI Declaración de ausencia de conflicto de interés.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 3 Declaración de compromiso a la cesión y tratamiento de datos
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 4 Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones relativas al cumplimiento de los principios transversales del Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 5 Declaración de compromiso contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, así como a respetar los principios de economía circular y evitación de impactos negativos significativos en el medio ambiente
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 6 DNSH Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. DR 7 Declaración responsable que la entidad cuenta con plan de igualdad
  • Licencia
    (No obligatorio / No original)
    Documentación fase inicial. Licencia de primera o sucesivas ocupaciones o solicitud de la misma.
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado de la aprobación por el máximo órgano de gobierno de la entidad o la Junta de Gobierno local del proyecto para el que se solicita subvención.
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado de compromiso de aportación de la cofinanciación necesaria para finalizar el proyecto presentado.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado bancario de titularidad de la cuenta.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado de calidad en vigor, en su caso, en base a la norma ONG con calidad, ISO 9001:2015, EFQM u otros sistemas de calidad que garanticen el control de los procesos y programas.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Oferta de venta con indicación de la referencia catastral del precio final total, así como el plazo de validez de dicha oferta personalizada a la entidad objeto de posible financiación, o en su cado copia simple de la escritura de compraventa En el supuesto de arrendamiento con opción a compra, se deberá presentar el contrato donde figure el plazo para ejercitarla y el precio de compraventa previamente fijado por las partes, así como el importe de la prima de la opción y el porcentaje de las cantidades abonadas en concepto de renta, que se descontarán de dicho precio.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado de Datos Catastrales del bien inmueble objeto de subvención
  • Certificado expedido por Técnico competente de que el inmueble reúne las condiciones de habitabilidad y seguridad exigidas por la normativa vigente
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificación del técnico competente en materia urbanística sobre accesibilidad del inmueble, estado de conservación (salubridad, seguridad, ornato público…) indicando que se cumple la normativa vigente.
  • Certificado de eficiencia energética del edificio.
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Certificado de Eficiencia Energética del inmueble.
  • Proyecto de la obra a realizar visado por el colegio profesional correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Proyecto básico y/o de ejecución de la remodelación a realizar por el técnico competente en la materia. Dicho proyecto deberá incluir, entre otros, la descripción del estado inicial del inmueble y del estado reformado, así como el presupuesto estimado del coste por capítulos de la remodelación. En caso de presentar proyecto de ejecución deberá incluir también el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) del inmueble, con las medidas de mejora a implantar en la remodelación. En el supuesto de presentar proyecto básico, se adjuntará también el certificado de eficiencia con las previsiones del proyecto de ejecución.
  • Licencia de actividad
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Autorización municipal para la realización de las obras o solicitud de la misma.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Ofertas con empresas constructoras para la ejecución de las obras que corresponda, cuando el importe subvencionable supere los 40.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra (remodelación) o de 15.000€ en el supuesto de equipamientos o de prestación de servicios.
  • Escrituras o documentos del Registro de la propiedad
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase inicial. Nota simple del registro de la propiedad o documentos de cesión de uso hasta 2055, que acredite la titularidad del inmueble.
  • Memoria técnica
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 2 Memoria técnica justificativa de la subvención
  • Plan
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Plan de formación al personal para implantar el modelo de cuidados de larga duración basado en la atención integral centrada en la persona, la autonomía personal y el derecho de elección.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Declaración responsable de que la entidad ha adecuado su Reglamento de Régimen Interior y normas de funcionamiento interno para garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad reconocidos en la normativa, en particular los derechos a la libertad de elección, la autonomía personal y la atención integral y el derecho a la participación plena.
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Declaración de inscripción de los bienes financiados mediante la subvención en el inventario municipal o en el Registro de la Propiedad, según corresponda.
  • Declaración
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Declaración de afectación de los bienes inmuebles al uso previsto durante al menos treinta años; durante al menos diez años en el caso de equipamiento y de cuatro años en el caso de equipamiento informático, o el fin de su vida útil, con obligación de reponerlos en caso de pérdida de utilidad.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. DR 11 Declaración responsable de compromiso a la cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. DR 12 Declaración responsable de justificación del titular real del contrato y compromiso a la cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  • Memoria justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3 Memoria económica justificativa de la subvención.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. DR 10 Anexo declaración de ingresos
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. DR 9 Declaración responsable del registro del ingreso de la financiación recibida en la contabilidad de la entidad y de los perceptores finales de los fondos y empresas contratadas para la ejecución de los proyectos subvencionados en el marco de los fondos NEXT GENERATION EU
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. DR 8 Declaración responsable de empleo de fondos y cumplimiento de objetivos del Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  • Memoria justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.1 Desglose de gastos.
  • Memoria justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.2 Certificación contable
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.3 Certificación relación de gastos de personal contratado
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.6 Justificación gastos remodelación.
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.5 Justificación adquisición inmuebles
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Anexo 3.4 Gastos equipamiento
  • Informe
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Informe de auditor de cuentas. El auditor de cuentas llevará a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el alcance establecido en la Orden de bases.
  • Factura
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Factura de los honorarios profesionales efectivamente abonados, junto con los correspondientes justificantes de pago.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Certificaciones de obra cuando proceda.
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Documentos justificantes de pago o cualquier otro documento contable necesario para justificar el gasto efectuado.
  • Memoria justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Memoria sobre elección de proveedor cuando proceda.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Documento fase justificación. Certificado de tasador cuando proceda.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia