Solicitud de comprobación de los requisitos para que un hospital pueda ser concertado con la Universidad como "Hospital Universitario" para desarrollar la docencia en las distintas titulaciones o materias relacionadas con las Ciencias de la Salud.
Requisitos para que un hospital pueda ser concertado con la Universidad como "Hospital Universitario":
El objeto del procedimiento es definir los criterios que seguirá la Dirección General de Planificación, Farmacia e Investigación Sanitaria, en la comprobación de los requisitos para que un hospital pueda ser concertado con una Universidad para desarrollar la docencia en las distintas titulaciones o materias relacionadas con las Ciencias de la Salud.
Hospitales que pretendan desarrollar la docencia en las distintas titulaciones o materias relacionadas con las Ciencias de la Salud con una Universidad.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)
Para el inicio de la comprobación de los requisitos de concertación como hospital universitario se deberá aportar la siguiente documentación a través de este procedimiento habilitado en Sede electrónica de la CARM:
1. Acta de la reunión de la comisión paritaria formada por la Universidad y la Institución sanitaria donde se incluya un acuerdo de solicitud del informe conjunto del cumplimiento de requisitos.
2. Informe conjunto Institución sanitaria-Universidad del cumplimiento de requisitos según Orden de 31 de julio de 1987, e información complementaria sobre las actividades y recursos docentes y de investigación que complete el perfil del centro.
El Servicio de Ordenación y Acreditación Sanitaria y Calidad Asistencial de la Dirección General de Planificación, Farmacia e Investigación Sanitaria (DGPFIS), tras el estudio de la doccumentación aportada y las verificaciones que precise, solicitará informe sobre el cumplimiento de los requisitos al Servicio de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Consejería de Salud.
En el caso de hospitales y/o centros del Sistema Sanitario Público de Murcia, la DGPFIS requerirá el informe de conformidad de la Dirección Gerencia del Servicio Murciano de Salud (SMS).
En el caso de hospitales y/o centros del sector privado, la DGPFIS requerirá el informe de conformidad del representante legal de la entidad jurídica titular.
La DGPFIS realizará la comprobación de los criterios de acuerdo con la documentación recibida y notificará el resultado de la evaluación a la Presidencia de la Comisión Tripartita regulada en la base segunda del artículo 4 del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, para que, en su caso, se formalice el concierto.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.