Ayudas en régimen de concurrencia competitiva, al objeto de conseguir la dinamización cultural en áreas rurales. Con esta medida se pretende consolidar la estructura de los agentes culturales que desarrollan su actividad en el territorio, así como dotarles de instrumentos que faciliten la sostenibilidad de sus proyectos a largo plazo, mejorando así la competitividad y empleabilidad en el sector, permitiendo el diseño y desarrollo de estrategias alineadas con los objetivos fijados por la UE para los años venideros, como digitalización, cohesión territorial, diversidad e inclusión, igualdad de género y “Pacto Verde” (Green Deal).
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas Entidades privadas sin ánimo de lucro, y/o Entidades privadas con ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y/o Entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales.
* * A14028772 - INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)
La actividad objeto de la ayuda podrán ser realizada de manera conjunta por varias entidades privadas o de profesionales de las industrias culturales y creativas, con o sin ánimo de lucro, pudiendo acceder a la condición de beneficiario, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos y actividades que motivan la concesión de la subvención. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud el importe de la ayuda solicitada, los compromisos de ejecución de las actividades que vayan a realizar y la ejecución del gasto que asume cada miembro de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, y con la suficiente capacidad de representación, en los términos establecidos en el título I de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPCAP), para actuar en nombre y por cuenta de todos los titulares, a los efectos de la presentación de la solicitud de la ayuda, de la documentación acreditativa, del cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de la subvención y de su justificación. No pudiendo disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción para el reintegro y las infracciones, en su caso, previstos en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El representante de la agrupación deberá ser el que asuma el mayor compromiso de ejecución de gasto. En el caso de que varios titulares asuman por igual el mayor compromiso de ejecución, deberá designarse entre ellos.
Las personas beneficiarias quedan obligadas a justificar, en el plazo de DOS MESES a contar desde la fecha de finalización del periodo de ejecución el cumplimiento de la aplicación de los fondos percibidos a los fines que motivaron su libramiento, así como la totalidad del proyecto, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida.
La modalidad de justificación para acreditar la aplicación de la subvención a los fines para los que se concedió revestirá la forma de cuenta justificativa con informe auditor
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |