Ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad cultural en áreas rurales (código 4682) (SIA 3196618)

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Información Básica

Objeto:

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva, al objeto de conseguir la dinamización cultural en áreas rurales. Con esta medida se pretende consolidar la estructura de los agentes culturales que desarrollan su actividad en el territorio, así como dotarles de instrumentos que faciliten la sostenibilidad de sus proyectos a largo plazo, mejorando así la competitividad y empleabilidad en el sector, permitiendo el diseño y desarrollo de estrategias alineadas con los objetivos fijados por la UE para los años venideros, como digitalización, cohesión territorial, diversidad e inclusión, igualdad de género y “Pacto Verde” (Green Deal).

Información de Interés

  1. Los proyectos que serán financiados con esta línea de ayudas deberán contar con los siguientes requisitos:
  • Las ayudas se destinarán a financiar proyectos y actividades culturales que se celebren o se desarrollen en el medio rural, entendido como tal y en base a la definición que recoge la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, como el espacio geográfico formado por entidades locales, o agregación de municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2 y en todo caso los municipios de población inferior a los 10.000 habitantes, con independencia de su densidad poblacional. Para la consideración de tales cifras se tomará como referencia los datos actualizados del Centro Regional de Estadística de Murcia en calidad de órgano estadístico de la CARM, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital) que, a fecha de publicación de esta convocatoria, y a título informativa, son los que figuran destacados en el ANEXO final sin numerar de esta convocatoria.
  • Se dará, en cualquier caso, un tratamiento prioritario a aquellos proyectos y actividades que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes y estén integrados en el medio rural.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas• Entidades privadas sin ánimo de lucro, y/o • Entidades privadas con ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y/o • Entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 06/07/2025 hasta 22/09/2025

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

* * A14028772 - INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La actividad objeto de la ayuda podrán ser realizada de manera conjunta por varias entidades privadas o de profesionales de las industrias culturales y creativas, con o sin ánimo de lucro, pudiendo acceder a la condición de beneficiario, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos y actividades que motivan la concesión de la subvención. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud el importe de la ayuda solicitada, los compromisos de ejecución de las actividades que vayan a realizar y la ejecución del gasto que asume cada miembro de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, y con la suficiente capacidad de representación, en los términos establecidos en el título I de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPCAP), para actuar en nombre y por cuenta de todos los titulares, a los efectos de la presentación de la solicitud de la ayuda, de la documentación acreditativa, del cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de la subvención y de su justificación. No pudiendo disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción para el reintegro y las infracciones, en su caso, previstos en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El representante de la agrupación deberá ser el que asuma el mayor compromiso de ejecución de gasto. En el caso de que varios titulares asuman por igual el mayor compromiso de ejecución, deberá designarse entre ellos.

Requisitos posteriores

Las personas beneficiarias quedan obligadas a justificar, en el plazo de DOS MESES a contar desde la fecha de finalización del periodo de ejecución el cumplimiento de la aplicación de los fondos percibidos a los fines que motivaron su libramiento, así como la totalidad del proyecto, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida.

La modalidad de justificación para acreditar la aplicación de la subvención a los fines para los que se concedió revestirá la forma de cuenta justificativa con informe auditor

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de ayudas para el fomento de actividades culturales en áreas rurales
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Anexo I - Solicitud
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Anexo II - Otras ayudas
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Anexo III - Cumplimiento obligaciones
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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