Convocatoria en el ámbito territorial de la Región de Murcia de ayudas, en régimen de especial concurrencia, destinadas a financiar actuaciones de proyectos de eficiencia energética en empresas turísticas. (PRTR Financiado por Next Generation EU). MRR 2025
Actuaciones subvencionables.
Son actuaciones subvencionables en la convocatoria que rige esta orden:
Las actuaciones se enmarcarán necesariamente en los epígrafes 024, 024 bis y 044 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Una solicitud podrá recoger una o varias actuaciones en uno o varios inmuebles, instalaciones o infraestructuras siempre y cuando pertenezcan al mismo establecimiento turístico y se efectúen dentro del mismo proyecto.
Gastos subvencionables
Serán considerados gastos subvencionables aquellos necesarios para conseguir los objetivos perseguidos de entre los que se relacionan en el art 6 de la Convocatoria.
Cuantia
La cuantía mínima de la ayuda a solicitar será de 5.000,00 € (cinco mil euros) siendo subvencionable el 100% del coste elegible que esté adecuadamente justificado a juicio del órgano instructor, teniendo en cuenta el límite máximo de ayudas de minimis.
(Reglamento (UE) nº 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE de 15.12.2023), por lo que el límite máximo de ayudas de minimis percibidas por cada beneficiario no excederá de 300.000,00 euros durante cualquier periodo de los tres años previos)
Plazo de ejecución y justificación de los proyectos
El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de tres meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
La justificación por parte de los destinatarios últimos de la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberá realizarse ante el órgano competente en un plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones. Para ello, el destinatario último de las ayudas deberá aportar la documentación requerida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en su respectiva convocatoria.
Tanto las personas fisicas como las juridicas estan obligados a relacionarse exclusivamente de forma telemática a través de este procedimiento.
Personas físicas y jurídicas.
* * A14036692 - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPETITIVIDAD Y CALIDAD TURÍSTICAS (A14036692)
Requisitos generales:
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, que tengan residencia fiscal en España:
También podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividades económicas vinculadas al sector turístico, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y estén inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, o bien que acrediten haber presentado ante el Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM) una declaración responsable completa para la obtención de la clasificación turística, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden.
- No podran obtener la condicion de beneficiarios quienes incurran en alguna de las circunstancias relacionadas en la Base Séptima apartado 5 de la Orden de Bases.
Los beneficiarios de las ayudas establecidas en esta convocatoria tendrán las siguientes obligaciones:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Potestativo de reposición | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |