Prueba específica de acceso a Buceo deportivo con escafandra autónoma (código 492) (SIA 206748)

Información Básica

Objeto:

La inscripción permitirá realizar la prueba específica de acceso a la formación de Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma.

Información de Interés

La convocatoria se publicará en el BORM

En la convocatoria de las pruebas específicas de acceso se publicará toda la información necesaria para realizar la inscripción:

  • Requisitos de formalización de la inscripción (precio público),
  • Condiciones específicas y técnicas de las pruebas

 La Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente  publicará los listados provisional y definitivo de admitidos y no admitidos, en la pág http://www.educarm.es (Arte, Idiomas y Deportes). 

El Tribunal evaluador será nombrado por la Dirección General. 

Destinatarios:

Ciudadanía.

Dirigido a deportistas de buceo.Estarán exentos de realizar esta prueba aquellos interesados que tengan el título de buceador de 3 estrellas.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Requisito académico: Título de ESO o equivalente a efectos académicos.

a) Haber superado, a falta de los requisitos académicos, la prueba de acceso al grado medio establecida en el artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
b) Haber superado la prueba de acceso de grado medio de la Formación Profesional Específica.
c) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.
d) Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

 Requisitos específico:

  • Informe médico  del Buceador, establecido en el anexo I del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio (BOE nº177, de 26 de junio)      

Requisitos deportivo:

  • Título de aptitud de buceador de 1ª Clase 

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de inscripción a la prueba específica de acceso al ciclo inicial de grado medio a Buceo deportivo con escafandra autónoma
  • Certificado médico
    (Obligatorio / Original)
    Informe médico del Buceador, establecido en el anexo I del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio (BOE nº177, de 26 de junio)
  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (Obligatorio / Original)
    Título de aptitud de buceador de primera clase, de acuerdo con el artículo 21.2 por el Real Decreto 932/2010, de 23 de julio
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
    Los interesados deberán abonar la cantidad de cuarenta y dos euros con cuatro céntimos (42,04€),
  • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
    (No obligatorio / No original)
    Ley 7/2009, de 2 de noviembre, de ayudas a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 17. Prestación en materia de estudios.
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de iniciar la solicitud como representante.
  • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
    (No obligatorio / No original)
    Condición de victima de género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Certificado de discapacidad expedido por la CARM (*)
  • Certificado de Familia Numerosa expedido por la CARM (*)
  • Consulta de situación actual de prestaciones por desempleo (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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