
Se informa que se va a producir una parada de algunos servicios de las aplicaciones informáticas relacionadas con la Gestión Económica y Tributaria el próximo martes 25 de Noviembre de 2025 desde las 16:00 hasta las 17:30 horas. En particular, las aplicaciones que se pueden ver afectadas son, entre otras:
Disculpen las molestias.
Este procedimiento sirve para solicitar la inscripción a la prueba específica de acceso y para la solicitud a la admisión a las enseñanzas de Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma.
La Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente publicará los listados provisional y definitivo de admitidos y no admitidos, en la pág http://www.educarm.es (Arte, Idiomas y Deportes).
El Tribunal evaluador será nombrado por la Dirección General competente.
Dirigido a deportistas de buceo.Estarán exentos de realizar esta prueba aquellos interesados que tengan el título de buceador de 3 estrellas.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Para solicitar la inscripción a la prueba específica de acceso se necesita:
Requisito académico:
a) Haber superado, a falta de los requisitos académicos, la prueba de acceso al grado medio establecida en el artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
b) Haber superado la prueba de acceso de grado medio de la Formación Profesional Específica.
c) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.
d) Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Requisito deportivo:
Para solicitar la admisión al ciclo inicial de grado medio se necesita:
Para solicitar la admisión al ciclo final de grado medio se necesita:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Hay dos procedimientos para hacer el pago:
----Con certificado electrónico. En este caso se hace el pago directamente en el formulario.
----Sin certificado electrónico. En este caso no se hace el pago en el formulario.
Pasos del pago sin certificado:
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada |