El objetivo es proteger la existencia de una competencia real efectiva en los mercados, mediante la instrucción y propuesta de sanciones de las infracciones por conductas contrarias a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Cualquier persona física o jurídica (ciudadanos, empresas, asociaciones e incluso entidades públicas cuando actúen sujetas al Derecho mercantil).
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO (A14036703)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Órganos directivos competentes
El procedimiento lo instruye el Servicio Regional de Defensa de la Competencia de la CARM y lo resuelve la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, organismo público estatal independiente en sus funciones y sometido al control parlamentario y judicial.