
Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:
- Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Dirección General de Consumo
- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales
Sentimos las molestias ocasionadas.
Convocar, organizar y celebrar los exámenes teóricos para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo: Capitán de Yate, Patrón de Yate, Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), y Patrón para Navegación Básica (PNB) en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Las convocatorias de exámenes naúticos se suelen aprobar y publicar en el BORM en enero de cada año, por resolución de la Dirección General de Litoral y Puertos y en ellas se aprueban las BASES que regirán las mismas, las fechas de celebración de los exámenes, de matriculación y la composición del tribunal examinador.
Las convocatorias a celebrar en el año son:
- 3 convocatorias ordinarias de acceso a todas las titulaciones náuticas : Capitán Yate, Pátrón yate, Patrón de embarcaciones de recreo (PER) y Patron para navegación básica ( PNB)
Las fechas aproximadas de celebración de las convocatorias ordinarias son MARZO, JUNIO y NOVIEMBRE de cada año; no obstante , se debe consultar la convocatoria vigente y página web informativa indicada.
- 2 convocatorias extraordinarias (sólo Patron de Embarcaciones de Recreo (PER), restringida a los alumnos que realizan y superan los cursos de "Arte y Ciencia de la navegación" ( Universidad de Murcia) , "Técnicas de Navegación " ( Universidad Politécnica de Cartagena) o "Curso de Navegación y Seguridad en la Mar" ( Universidad Popular de Lorca), que suelen celebrarse en MAYO y en SEPTIEMBRE.
En la página web http://nautica.carm.es
se irá publicando toda la información relativa a las convocatorias : Bases de la convocatoria, calendario de exámenes, plazos de admisión, listas de admitidos, anuncios del tribunal, plantillas de respuestas , notas, etc. ; asi como otra información relativa a los exámenes: estructura de los mismos, tipos de corrección, programas teóricos, prácticas necesarias para obtener el título, normativa de aplicación...etc
La Solicitud de admisión a examen y la Tasa se descargará del enlace de la página web indicada: http://nautica.carm.es
siempre que haya convocatoria abierta y esté en plazo de admisión; También se podrá acceder a través de la Sede Electrónica de la CARM.
IMPORTANTE: CONSULTAR LA PAG. WEB INDICADA PARA CONOCER SI HAY CONVOCATORIA ABIERTA Y LOS PLAZOS DE ADMISIÓN
(Para ampliar la información consultar también el procedimiento de "Expedición de títulos náuticos" 524)
TASAS:
Por Examen teórico:
- Capitán de Yate: 86,78 €.
- Patrón de Yate: 69,44 €.
- P.E.R : 52,06 €.
- P.N.B : 52,06 €.
Por Expedición Título: 46,50 €.
Por Renovación Título: 34,75 €.
DIRECCIÓN GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS (A14046252)
a) Estar en posesión de Título inmediato inferior (Patrón de Yate ó Patrón de embarcaciones de recreo, respectivamente), o en su defecto, tenerlo solicitado.
b) Tener cumplidos 18 años de edad en el momento de realización del examen.
a) Tener cumplidos 18 años de edad en el momento de realización del examen ( no en el plazo de matriculación)
Para la presentación sólo a la parte específica- PER:
a) Estar en posesión del título de Patrón para navegación Básica (PNB), o haber superado el examen teórico de Patrón para navegación Básica en la Comunidad Autónoma de Murcia. En este último caso, se le permitirá presentarse a esta parte específica del PER solo durante las dos convocatorias siguientes.
a) Tener cumplidos 18 años en el momento de realización del examen. Ahora bien, Los menores de edad que tengan cumplidos los 16 años ( en la fecha indicada) podrán ser admitidos al examen debiendo acreditar por escrito el consentimiento de sus padres o tutores.
Superado el examen teórico y superadas las prácticas básicas de seguridad y navegación y el curso de radiocomunicaciones en una Escuela náutica de recreo homologada, se solicita la expedición del correspondiente título, para la obtención de las atribuciones básicas, con la presentación de los correspondientes certificados.
Si se quieren obtener las atribuciones complementarias, será necesario superar y certificar las prácticas complementarias de Vela, o las complementarias de navegación (en el caso del PER).
En la página web http://nautica.carm.es
podrá consultar más información relativa a los exámenes náuticos y de "cómo obtener un título náutico" para gobernar embarcaciones de recreo.
Para ampliar la información , consultar el procedimiento 524 ( Expedición de titulos náuticos).
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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| Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
