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Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 18:30 y las 19:30 horas del miércoles día 31/05/2023, algunos trámites del Servicio del Juego en esta sede electrónica estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Atención

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Adjudicación de viviendas de promoción pública (código 528) (SIA 2410812)

Información Básica

Objeto:

Adjudicación de viviendas, seguimiento y gestión de los contratos de uso sobre viviendas sociales de titularidad de la Comunidad Autónoma a través de la Oficina para la Gestión Social de la Vivienda. 

Información de Interés

Este procedimiento se convoca e inicia con carácter público para cada grupo de viviendas terminado y objeto de adjudicación, especificando el ámbito de la promoción, número de viviendas, ubicación y régimen de uso (venta o arrendamiento). Del mismo modo, se incia para las vivinedas que queden vacantes en dichas promociones.  

El plazo está abierto permanentemente.

Destinatarios:

Ciudadanía y Administración.

Personas físicas que reúnan los requisitos legales.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Consejero de Fomento e Infraestructuras.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
  • Tener ingresos familiares corregidos no superiores a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Estar en alguna de las siguientes situaciones:
    • a) Ocupar una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad.
    • b) Habitar una vivienda de superficie inadecuada a la composición familiar del solicitante.
    • c) Carecer de vivienda en propiedad, alquiler o usufructo.
    • d) Tener una vivienda sujeta a expediente de expropiación, desahucio judicial o administrativo no imputable al interesado.
    • e) Habitar una vivienda en alquiler, siempre que la renta de la misma sea igual o superior al 25% de los ingresos familiares del solicitante.
    • f) Ser copropietario de una vivienda sin tener derecho al uso de la misma.
  • Residir durante tres años consecutivos y anteriores a la fecha de la convocatoria de inicio de la adjudicación, en cualquiera de los términos municipales interesados.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud adjudicación vivienda social
  • Libro de familia
    (Obligatorio / Original)
    Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (Obligatorio / Original)
    Certificado municipal de empadronamiento y de convivencia, en su caso. Certificado de residencia.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación acreditativa de la condición de mujer víctima de violencia de género.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificado de Familia Numerosa expedido por la CARM (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Certificado de discapacidad expedido por la CARM (*)
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Tenga en cuenta que la solicitud electrónica está disponible todos los días las 24 horas, en el menú "presentación de solicitudes" dispone de acceso al registro electrónico. Solicite cita previa en el caso de que prefiera acudir a una oficina presencial.

Tasas a abonar Información sobre tasas abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA
Información adicional sobre recursos
Resuelve el Consejero de Fomento e Infraestructuras

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
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