Sancionar las infracciones a las normas reguladoras de puertos, competencia de la Comunidad Autónoma, tipificados en la Ley de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La autoridad que resuelve depende de la gravedad de la infracción.
- Si la infracción es leve:
Resuelve: Resolución de la Directora General de Transportes, Costas y Puertos, que no agota la vía administrativa.
Recurso que cabe interponer: alzada.
Plazo de interposición: un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.
Órgano competente: Consejero competente en materia de puertos.
- Si la infracción es grave:
Resuelve: Orden del Consejero competente en materia de puertos.
Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.
Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.
Órgano competente: si de reposición, competente en materia de puertos; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
- Si la infracción es muy grave:
Resuelve: Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.
Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.
Órgano competente: si de reposición, Consejo de Gobierno; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
Personas físicas o jurídicas, presuntos infractores de las referidas normas.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS (A14046252)
Existencia de una presunta infracción de las normas reguladoras de puertos.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |