
Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:
- Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Dirección General de Consumo
- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales
Sentimos las molestias ocasionadas.
Sancionar las infracciones a las normas reguladoras de puertos, competencia de la Comunidad Autónoma, tipificados en la Ley de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La autoridad que resuelve depende de la gravedad de la infracción.
- Si la infracción es leve:
Resuelve: Resolución de la Directora General de Transportes, Costas y Puertos, que no agota la vía administrativa.
Recurso que cabe interponer: alzada.
Plazo de interposición: un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.
Órgano competente: Consejero competente en materia de puertos.
- Si la infracción es grave:
Resuelve: Orden del Consejero competente en materia de puertos.
Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.
Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.
Órgano competente: si de reposición, competente en materia de puertos; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
- Si la infracción es muy grave:
Resuelve: Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.
Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.
Órgano competente: si de reposición, Consejo de Gobierno; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.
Personas físicas o jurídicas, presuntos infractores de las referidas normas.
DIRECCIÓN GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS (A14046252)
Existencia de una presunta infracción de las normas reguladoras de puertos.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |