Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del miércoles día 03/07/2024, algunos trámites  de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Procedimiento sancionador en materia de urbanismo (código 581) (SIA 206800)

Información Básica

Objeto:

Sancionar las obras y usos que no disponen de licencia municipal o no se ajustan a ella, en caso de inactividad por parte del Ayuntamiento.

Destinatarios:

Administración.

Personas físicas Personas jurídicas

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de una presunta infracción a los planes urbanísticos.

Existencia de una inactividad municipal.

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 1 Año/s
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
La resolución definitiva e imposición de la sanción coresponde:
a) Al Direct
or General competente en materia de urbanismo, para las infracciones sancionadas
con multa de hasta 300.506,05 euros.
b) Al Consejero competente en materia d
e urbanismo, para las infracciones sancionadas con multa de hasta 601.012,10 eur
os.
c) Al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en mater
ia de urbanismo, para las infracciones sancionadas con multa que exceda de 601.0
12,10 euros.
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